Socia del Estudio Echecopar, asociado a Baker & Mckenzie International
El Congreso está a punto de aprobar tres nuevas leyes sobre tiempo de trabajo que tendrían un impacto relevante en nuestro sistema de relaciones laborales, al establecer los siguientes cambios:
(i) Incluir el tiempo de refrigerio dentro de la jornada de trabajo para aquellos trabajadores que laboren 45 horas o más. En la práctica, para las personas que trabajan 6 días a la semana, esto significaría reducir la jornada máxima de 48 horas semanales a 43.5 horas; mientras que para quienes trabajan 5 días a la semana, la jornada máxima pasaría a ser de 44 horas y 15 minutos.
(ii) Crear un nuevo derecho a pausas activas obligatorias de 5 minutos cada 2 horas (lo que hace un promedio de 20 minutos diarios y poco más de una hora por semana) que deben constar en un registro especial.
(iii) Crear una bonificación del 35% de la remuneración para el personal que labora en horario nocturno (actualmente se aplica una remuneración mínima 35% más alta).
(iv) Obligar a que la jornada de trabajo se empiece a contar desde el primer control de ingreso al centro de trabajo, sin importar la lejanía del lugar de labores ni las actividades personales que el trabajador pueda desarrollar antes de empezar su jornada.
Llama la atención la ligereza con la cual se pretende aprobar estas modificaciones, sin que hayan sido discutidas en el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo y sin evaluar el impacto que podrían tener en el empleo formal, en un contexto de reducción de la inversión y recesión económica.
Si bien en la región se vienen aprobando distintas iniciativas para reducir la jornada de trabajo, los cambios son paulatinos y permiten a las empresas contar con un periodo de adaptación. Por ejemplo, en Colombia se ha aprobado una reducción inicial a 47 horas por semana, que se incrementará progresivamente hasta llegar a las 42 horas en 2026. En cambio, en Perú podríamos estar hablando de una reducción inmediata a poco más de 42 horas (entre el refrigerio y las pausas activas), que se aprobaría en forma encubierta.
Además, el proyecto no establece que ocurrirá en los casos en los que el periodo de refrigerio sea superior a 45 minutos. Por ejemplo, si en una empresa se concede un periodo de refrigerio de 1.5 horas, ¿todo este tiempo pasaría a considerarse parte de la jornada de trabajo? ¿podrán las empresas reducir el horario de refrigerio unilateralmente para mitigar el impacto de la nueva regulación?
A ello debe agregarse la desproporcionada carga administrativa que se generaría al tener que implementar y registrar pausas activas cada dos horas. No cabe duda que las pausas activas pueden tener un impacto positivo en la salud de los trabajadores, pero ya contamos con una regulación abundante en materia de seguridad y salud en el trabajo (SST) que obliga a las empresas a dar recomendaciones de seguridad adecuadas para cada puesto de trabajo. Son los especialistas en SST quienes deben decidir si para cada puesto de trabajo específico la recomendación más adecuada es incluir pausas activas o aplicar otras medidas.
De otro lado, es claro que un incremento inmediato del 35% para todos los trabajadores que laboran en horario nocturno y que actualmente ganan más de S/ 1,383.75 generaría un aumento importante de costos para las empresas que trabajan en estos horarios. Un alza tan fuerte e intempestiva podría empujar a la informalidad a las pequeñas y medianas empresas que no sean capaces de asumir el impacto, mientras que otras empresas podrían optar por una mayor automatización de sus procesos, reduciendo los puestos de trabajo. Ambas consecuencias se han producido en el sector agrario con la implementación de la BETA, equivalente al 30% de la remuneración mínima vital. Esto sin considerar que en sectores como la industria y los servicios, el incremento de remuneraciones se trasladaría en buena parte a los consumidores, ya afectados por la alta inflación de los últimos meses.
Finalmente, obligar a contar la jornada de trabajo desde el primer control de ingreso al centro de trabajo impactará sin duda en sectores como la minería o la agricultura, en los que los lugares de trabajo pueden encontrarse muy alejados del primer control de ingreso. Aunque a primera vista esto puede parecer justo o razonable, no puede dejarse de lado que no se trata de una medida aislada, sino que forma parte de un paquete en el que ya se está produciendo una reducción importante de las horas de trabajo. Además, incluso en centros de trabajo pequeños, esta medida obligará a las empresas a impedir el ingreso del personal al centro de trabajo hasta la hora de entrada, restringiendo algunas prácticas que hoy son habituales en algunas compañías. Por ejemplo, no podría ponerse a disposición de los trabajadores duchas. Tampoco podría permitirse a los profesores a tiempo parcial ingresar a las universidades o institutos con antelación a sus horas de clase. Si bien se trata de situaciones específicas, creo que muestran cómo este tipo de disposiciones supuestamente protectoras pueden acabar endureciendo las condiciones de trabajo.
Esperemos que el Congreso reevalúe estos proyectos y no insista en incrementar la sobrerregulación del trabajo formal que solo representa poco más del 20% del empleo. La situación actual nos exige concentrarnos en otros temas, como adoptar medidas que contribuyan a incrementar la formalidad, mejorar la productividad o garantizar que los trabajadores tengan acceso a un sistema de salud eficaz.