Social del Estudio Echecopar, asociado a Baker & Mckenzie International
Es indudable que la pandemia generó un impacto importante en la forma en la que trabajamos, en particular incrementando el uso de esquemas de trabajo flexible, tanto en organización del tiempo, como en cuanto al lugar de trabajo. Dentro de este fenómeno, se observa también un incremento importante de trabajadores que se consideran nómadas digitales. Es decir, personas que trabajan mientras viajan.
Si bien a primera vista este fenómeno podría parecernos marginal, el nomadismo digital se ha convertido en una aspiración para muchos jóvenes profesionales. En noviembre de 2022, la revista Forbes estimaba que existían 35 millones de nómadas digitales alrededor del mundo. Número que no para de crecer.
Frente a esta nueva realidad, muchos países vienen implementando estrategias para atraer a los nómadas digitales, como una manera de generar ingresos para las economías locales. Esto necesariamente implica contar con calidades migratorias de fácil obtención que permitan a los extranjeros trabajar a distancia desde el país de destino, por periodos prolongados.
Recientemente, el Perú ha empezado a incorporarse a este grupo de países y podría convertirse en un destino atractivo considerando el costo de vida y la amplia oferta de destinos turísticos.
Con este fin, este mes (a través del Decreto Legislativo N° 1582) se ha modificado la Ley de Migraciones, creándose la nueva calidad migratoria de “nómada digital”. Este nuevo tipo de “visa” permitirá a los extranjeros permanecer en el país por un periodo de un año, prorrogable sin limitaciones, trabajando para una empresa extranjera, a través de medios informáticos. Lamentablemente, la norma ha nacido con un problema, ya que exige que el nómada digital trabaje para la empresa extranjera “de forma subordinada”. Es decir, que sea un trabajador en planilla, lo que cierra la puerta a los trabajadores independientes y a los emprendedores que representan a un porcentaje importante de los nómades digitales. Sería positivo que esta limitación se corrija en el corto plazo.
Para que la visa de nómada digital se convierta en una realidad, aún se requiere que se apruebe un reglamento que detalle el trámite correspondiente, así como las condiciones de la visa. Además, deberían emitirse normas complementarias que aclaren de qué manera se pagará el impuesto a la renta de estas personas. Asimismo, debería precisarse que, al prestar servicios a favor de una empresa domiciliada en el extranjero, la eventual relación laboral que se genere no se sujetará a la ley laboral peruana, ni a nuestra regulación sobre seguridad social.
Ahora bien, este empuje modernizador de la normativa migratoria contrasta con nuestra regulación en materia de contratación de trabajadores extranjeros, cuyo enfoque es restrictivo y enfocado en la protección del trabajador nacional. Por un lado, se pretende atraer talento e ingresos de trabajadores extranjeros, mientras por el otro se continúa restringiendo su contratación formal. Se debe recordar que en el Perú las empresas solo pueden contratar a trabajadores extranjeros que representen hasta el 20% de su personal y ganen hasta el 30% de los salarios totales que se pagan. Además, como regla general, sólo se les puede contratar a plazo fijo y se exige que la empresa capacite a trabajadores locales en la labor que realiza el extranjero, así como que pague el pasaje de regreso a su lugar de origen al término de la relación laboral.
Si bien existen múltiples excepciones a estas reglas, es evidente que todas estas restricciones tienen detrás la idea de que siempre debe preferirse al trabajador local y que la contratación del extranjero debe ser limitada, para aquellas cosas que los peruanos no podemos hacer. Estos conceptos no se condicen con la realidad y son contrarios a las tendencias actuales del mundo globalizado, en el que la migración laboral es cada vez más frecuente.
A ello se agregan las dificultades que existen para obtener visas de trabajadores designados, que son las que se requieren para que un trabajador extranjero ingrese al Perú por encargo de su empleador para prestar un servicio, como. Por ejemplo: instalar o reparar maquinaría adquirida en el extranjero, realizar auditorías o supervisar una construcción. En la práctica, la duración del trámite de obtención de esta visa y las complicaciones para tramitarla en los consulados peruanos desincentivan el uso de esta calidad migratoria, dificultando las operaciones de las empresas locales que contratan estos productos o servicios.
Si estamos intentando contar con una norma migratoria moderna que atraiga a los nómadas digitales, deberíamos aprovechar esta oportunidad para eliminar las restricciones a la contratación de trabajadores extranjeros y facilitar el ingreso de trabajadores designados. De esta manera lograríamos una regulación coherente que facilite la formalización de la migración laboral.