Según recordó el magistrado Ochoa, el artículo diez del reglamento normativo del TC señala que se requiere de un quórum de cinco de miembros para resolver y adoptar acuerdos. (Foto: Difusión)
Según recordó el magistrado Ochoa, el artículo diez del reglamento normativo del TC señala que se requiere de un quórum de cinco de miembros para resolver y adoptar acuerdos. (Foto: Difusión)

Los magistrados Manuel Monteagudo y César Ochoa, miembros del que votaron en contra de la liberación de mostraron su preocupación al no haber sido informados previamente sobre la convocatoria de una reunión entre sus colegas para deliberar sobre la excarcelación del expresidente.

El magistrado César Ochoa Cardich afirmó que el presidente del TC, Francisco Morales, debió convocar al pleno del tribunal para definir si solo cuatro magistrados podían definir la liberación de Alberto Fujimori. Agregó que se enteró de la decisión del TC a través de los medios de comunicación.

Según recordó Ochoa, el artículo diez del reglamento normativo del TC señala que se requiere de un quórum de cinco de miembros para resolver y adoptar acuerdos.

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“En mi opinión, debió convocarse al pleno con una agenda extraordinaria si le parecía necesario. Y ahí, con el quorum de cinco miembros, analizar el tema”, alegó, tras remarcar que faltó un mínimo de cortesía para comunicar de la decisión.

Ochoa concluyó señalando una inusual celeridad y un “hiperactivismo” por resolver el caso de la excarcelación de Alberto Fujimori.

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En otro momento, Manuel Monteagudo, miembro del , señaló que la resolución del caso Fujimori no requería pronunciamiento de trámite, sino que merecía verse en el pleno del TC.

“Se ha emitido un segundo auto del cual no hemos tenido conocimiento el resto de los magistrados, es decir, los que votamos en contra. Lo que se ha tramitado, y este es un asunto procesal interesante y preocupante, es que se ha entendido que la decisión de qué hacer frente a la devolución correspondía única y exclusivamente a quienes estaban a favor de la primera decisión en materia puramente procedimental”, dijo para RPP.

Monteagudo también consideró que se debió analizar mejor el caso antes de emitir el pronunciamiento. Cabe recordar que el indulto a Alberto Fujimori fue frenado por la en abril del 2022.

“El problema es que la Corte examina un indulto del 2017 y considera que ese tenía una serie de vicios contra la legislación peruana y los estándares propios de la Corte”, finalizó.

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