El pasado 21 de junio el Poder Judicial rechazó el pedido para revocar por prisión preventiva la comparecencia dictada a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori. (Foto: GEC)
El pasado 21 de junio el Poder Judicial rechazó el pedido para revocar por prisión preventiva la comparecencia dictada a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori. (Foto: GEC)

El fiscal José Domingo Pérez, miembro del equipo especial del caso Lava Jato, apeló a la resolución del Poder Judicial, que rechazó el pedido del Ministerio Público para que se revoque la comparecencia con restricciones a la candidata presidencial de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y se dicte prisión preventiva.

El recurso fue presentado ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Especializado en Crimen Organizado, a cargo del juez Víctor Zúñiga, que deberá resolver dicho pedido.

Como se recuerda, el último lunes el Poder Judicial declaró improcedente el pedido del Ministerio Público de dictar prisión preventiva contra Fujimori Higuchi tras escuchar las intervenciones del fiscal José Domingo Pérez; de la abogada de la candidata presidencial, Giulliana Loza, y de la propia lideresa de Fuerza Popular.

El juez Víctor Zúñiga desestimó el pedido de José Domingo Pérez, quien solicitó que se revoque la comparecencia con restricciones a la lideresa de Fuerza Popular por mantener contacto con Miguel Ángel Torres y Lourdes Flores Nano, testigos del caso.

En ese sentido, el magistrado explicó que tomó esta decisión porque no se apercibió a Keiko Fujimori previamente antes de solicitar la revocatoria de la comparecencia con restricciones.

Aunque Fujimori continuará el proceso en libertad, el juez acogió el argumento del fiscal y dijo que la acusada quebró una de las restricciones: no comunicarse con los testigos del caso de los presuntos aportes ilícitos a sus campañas electorales del 2011 y 2016.

Cabe indicar que el juez Víctor Zúñiga Urday dio inicio a la etapa del control de acusación contra la candidata presidencial y otros 39 coacusados por el presunto delito de lavado de activos, crimen organizado, obstrucción a la justicia y falsa declaración en procedimiento administrativo.