Sala confirmó la sanción impuesta en primera instancia por la Comisión de Protección al Consumidor N.°3 (CC3). (Foto: gob.pe)
Sala confirmó la sanción impuesta en primera instancia por la Comisión de Protección al Consumidor N.°3 (CC3). (Foto: gob.pe)
Redacción Gestión

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del confirmó en segunda y última instancia administrativa, una multa de 134.9 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/ 694,735 impuesta a la

A través de la Resolución 2086-2024/SPC-INDECOPI, determinó que la entidad educativa puso en riesgo a sus alumnos, al no implementar medidas de seguridad para restringir el ingreso a la azotea de su sede de Salamanca, distrito de Ate, lo que conllevó a que una menor de 12 años acceda a dicha zona y caiga desde la misma.

De esta manera, la Sala confirmó la sanción impuesta en primera instancia por la Comisión de Protección al Consumidor N.°3 (CC3) del Indecopi.

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“Se confirmó la responsabilidad del colegio Saco Oliveros por no haber implementado adecuadamente las medidas preventivas necesarias ante actos de violencia escolar y por no adoptar medidas de acción, contempladas en la normativa correspondiente, frente al reporte de actos de violencia. Este caso será devuelto a la Comisión de Protección al Consumidor N.°3 (CC3) para que se imponga la sanción que corresponda”, indicó Indecopi.

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Cabe recordar que este lamentable incidente ocurrió en octubre del 2022, en la sede de Salamanca ubicada en el distrito de Ate.

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