(Foto: Congreso de la República)
(Foto: Congreso de la República)

Carlos Francisco Gallardo Neyra

El Pleno del Congreso discutirá hoy el nombramiento de los nuevos miembros del TC; sin embargo, existe una medida cautelar del Poder Judicial que plantea su suspensión. Nace entonces nuevamente un lío de competencias y autonomías entre el Congreso de la República y el Poder Judicial.

Para tratar de aclarar este tema comenzaría señalando que la Constitución Política del Perú, en su articulo 93° a la letra dice:

“Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones”.

Al entender de algunos juristas y colegas, al no existir carácter imperativo sobre los congresistas, resultaría improcedente y/o nula el dictado de la medida cautelar por un juzgado.

En lo personal me parece inconveniente e inoportuno por la coyuntura política que el congreso saliente a pocos días de entregar sus cargos elija a los nuevos miembros del TC; sin embargo, hay que respetar la Constitución Política y las leyes. Así como el estado de derecho y la separación de poderes. Asimismo, está desatención del congreso defenestrado sobre el TC fue uno de los principales puntos de agenda legislativa del actual complementario parlamento, por ende, su legítimo interés en cumplir con esa importante elección.

De otro lado, el Artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone que toda persona o autoridad está obligada a cumplir las resoluciones judiciales en sus propios términos. Para otros colegas y juristas está mención debe imponerse.

Cabe resaltar, que en derecho existe la jerarquía de las leyes como se conoce gráficamente en la pirámide de Kelsen. De modo tal que la Constitución prevalece por sobre cualquier otra ley o norma.

Sin embargo, en todo esto, existe siempre una intención, que ha mi interpretación, la estrategia sería buscar el dilatar ante éste aparente conflicto -entre estos dos Poderes del Estado, igualmente autónomos-, lo que daría lugar a que el Legislativo plantee una Acción Competencial ante el actual Tribunal Constitucional conforme lo hiciera el Poder Ejecutivo contra el Poder Legislativo durante el también defenestrado gobierno de Martín Vizcarra. De esa manera se tocaría éste tema con una nueva composición congresal en el próximo congreso nacional a instalarse y dónde las correlaciones de fuerzas y pactos políticos varían a la actual.

Lo acordado por la Junta de Portavoces implica para algunos políticos y abogados no sólo un grave caso de desacato, sino un manifiesto golpe contra la institucionalidad democrática; mientras para otros constitucionalistas, el derecho autónomo constitucional del legislativo a cumplir con sus obligaciones.

Debo acotar, que el abogado que interpuso el recurso de medida cautelar es por propio dicho miembro del equipo técnico del profesor Castillo en la Comisión de Justicia. Siendo esto así, se le podría interpretar en su derecho ciudadano a presentar los recursos que estime conveniente en defensa del estado democrático; como en otros a sospechar de una posible estrategia de copamiento, politización e ideologización peligrosa de las instituciones públicas; peor aún, cuando se trata del TC que es la institución que vela por la defensa de la Constitución y de nuestros derechos fundamentales.

Espero con sinceridad que las sospechas sean desvirtuadas en los hechos por el bien de la democracia peruana.

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