Según el Minem se necesita una sola minería convergente e integrada, por lo que instó a Comisión de Energía y Minas continuar debatiendo para encontrar puntos de coincidencia en favor de la pequeña minería y formalización. Foto: difusión
Según el Minem se necesita una sola minería convergente e integrada, por lo que instó a Comisión de Energía y Minas continuar debatiendo para encontrar puntos de coincidencia en favor de la pequeña minería y formalización. Foto: difusión

Este martes 8 de julio, la agendó el debate de la modificación de la Ley que regula el régimen especial para la pequeña minería, minería artesanal y minería tradicional - ante el reclamo de decenas de mineros informales desplazados hasta la capital.

En esa línea, , advirtió que hay cinco puntos que deben ser revisados minuciosamente para no afectar la formalización minera.

“Tendrían lesiones al marco constitucional porque generan ambigüedad y excluye a actores importantes de la actividad minera”, precisó a RPP.

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A continuación, las observaciones del a la Ley Mape que se debate en la comisión del Congreso:

  • Ojo con la fiscalización. a la fecha tienen que fiscalizar el cumplimiento de las normas ambientales, sin embargo, el predictamen propone que la función no puede ser asumida por ellos, lo que contradice a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
  • No más prórrogas. Sobre la formalización minera en el Reinfo —que culmina el 31 de diciembre de este 2025— señalan que si proponen un nuevo régimen, se deben evitar vacíos normativos que puedan ser aprovechados por operadores ilegales.
Congresista Paul Gutiérrez preside la Comisión de Energía y Minas que evalúa la nueva Ley MAPE. (Foto: Congreso)
Congresista Paul Gutiérrez preside la Comisión de Energía y Minas que evalúa la nueva Ley MAPE. (Foto: Congreso)
  • Respecto al otorgamiento de servidumbre minera, se plantea un procedimiento que podría vulnerar los derechos de los titulares de concesiones, al forzarlos a ceder parte de sus derechos a terceros. “Afectaría el derecho de propiedad protegido por el artículo 70 de la Constitución y podría configurar una expropiación indirecta sin las garantías constitucionales requeridas, exponiendo al Estado a eventuales demandas e indemnizaciones”, detallaron en un comunicado.
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  • Y, en , asegura el que el predictamen se contrapone al DL N° 1100 que prohíbe el uso de dragas y equipos similares en cuerpos de agua, el cual fue ratificado por el Tribunal Constitucional. Recomiendan que se respeten los criterios técnicos y sociales amparándose en la evidencia científica y buenas prácticas internacionales.
  • No a la exención de responsabilidad penal. Finalmente, cuestionaron que se avale la exoneración de responsabilidades penales para liberar de dichas responsabilidades a los mineros en proceso de formalización por delitos ambientales, lo cual no es constitucionalmente válido.

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