El Ministerio de Trabajo publicó el Decreto Supremo 015-2022-TR, mediante el cual se crean seis nuevas infracciones relacionadas con la tercerización laboral y que se aplicarán una vez que entre en vigencia el Decreto Supremo 001-2022-TR, el cual restringió el uso de la figura y regirá desde el 23 de este mes.
Las infracciones son, en su mayoría, muy graves, por lo que acarrean una multa de hasta S/ 241,638 dependiendo del número de trabajadores afectados.
Infracciones
Entre las más importantes se incluye el usar la tercerización para cubrir servicios nucleares o no principales de la empresa.
Pese a que podría parecer que ello va más allá del alcance de lo dispuesto en el decreto, es necesario indicar que dicha norma también indicó que no se podrá utilizar la tercerización para labores “complementarias”, por lo que, toda tercerización realizada para cubrir labores no principales será penada con una multa.
Adicionalmente, se establece que extinguir contratos de trabajo con los trabajadores desplazados como forma de adecuación a la entrada en vigencia de la norma será materia de sanción.
Al respecto, cabe indicar que las empresas que contratan los servicios de tercerización no tienen contratos de trabajo con los trabajadores tercerizados. En ese sentido, esta infracción estaría dirigida a las empresas tercerizadoras mismas.
Crítica
Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, señala que no parece apropiado que se incrementen las sanciones a solo cinco días de entrada en vigencia de la norma.
Agrega que cuando entre en vigor el decreto habrá tres grupos de empresa: aquellas que consiguieron una medida cautelar sobre la inaplicación de la norma, otras que habrán integrado a los tercerizados a su planilla y una gran mayoría que tendrá que luchar contra la Sunafil.
César Puntriano, socio del estudio Muñiz, indicó que la norma “evidencia que el Gobierno no tiene como foco la disminución de la informalidad, sino más bien el incremento de las multas a los empleadores”.
Indica que, además, si se encuentra a un empleador tercerizando actividades no nucleares se le forzará a pagar una multa y además integrar al personal a la planilla, lo cual es irrazonable.