En el Perú aún no existe la cultura de elaborar un testamento. Se estima que lo redactan solo entre el 5% a 10% de las personas que fallecen, por lo que en la gran mayoría de casos donde no se dejó un testamento los herederos debe iniciar el trámite de la sucesión intestada.
¿Cuál es la utilidad de elaborar un testamento? Un primer objetivo es ayudar a reducir conflictos entre los herederos forzosos (conyugue e hijos), indica indica Marco Torres, especialista en Derecho Civil Patrimonial y Litigios del estudio Rodríguez Angobaldo.
Para ello, el testador debe hacer una valorización de todos sus bienes y señalar su distribución en el testamento, cuidando de que haya equidad.
La normativa peruana señala que debido a la sociedad conyugal, el viudo o viuda se convierte en titular del 50% de los bienes adquiridos durante el matrimonio.
El otro 50% se convierte en herencia y se divide en partes iguales entre el viudo (a) y los hijos.
El testamento puede ayudar a distribuir los bienes, al especificar qué bien le corresponderá a cada heredero. “Pero debe tenerse cuidado con la distribución equitativa, de lo contrario pueden generarse conflictos entre los herederos”, indicó Torres.
Heredero adicional
Un segundo beneficio de elaborar un testamento está referido a la posibilidad de aplicar el tercio de libre disponibilidad, es decir, destinar a la persona que desee hasta un máximo de un tercio de la masa hereditaria (los otros dos tercios irán obligatoriamente a los herederos forzosos).
Este tercio de libre disponibilidad puede ir también para un heredero o familiar. “Por ejemplo, si se tiene un hijo pequeño que aún realizará estudios y se le quiere dar una mayor herencia, el testador puede usar el tercio de libre disponibilidad, en adición a la su herencia que recibirá como heredero forzoso. Y esto solo puede hacerse vía un testamento. Si no se hace el testamento, entonces ese hijo solo heredará de forma igual al resto de sus hermanos”, refirió Torres.
Lo mismo ocurre si el testador quiere dejar herencia para un nieto, puede usar el tercio de libre disponibilidad (de lo contrario, el nieto solo hereda en representación de su padre en caso este fallezca).
“El tercio puede destinarse a cualquier persona, por ejemplo, también puede ser un vecino o amigo del testador a quien le tiene bastante aprecio”, remarcó el especialista.
Sin herencia
Un tercer beneficio es la posibilidad de que el testamento sirva para desheredar a un heredero forzoso.
Para ello debe incurrir en causales como llevar una vida inmoral (por ejemplo, ser un delincuente) o haber maltratado al testador (por ejemplo, haberle negado alimentos).
Torres explica que en el testamento no solo debe expresarse la caudal para desheredar a alguien, sino también darse algún tipo de sustento de esa causal, por ejemplo, una denuncia policial en caso de agresión o una condena judicial.
“Si no hay un sustento, la persona desheredada puede impugnar la medida y judicializarla”, anotó.