Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) (Foto: El Comercio)
Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) (Foto: El Comercio)

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) -a través de su directorio- acordó una nueva tasa promocional y la extensión del plazo de vigencia de aquellas próximas a vencer con el fin dar incentivos que promuevan la incorporación de inversionistas a la negociación de valores de deuda pública.

También se busca la reducción de los costos de transacción que asumen los comitentes en las operaciones de préstamos bursátiles de valores; favorezcan una mayor rotación de los valores de renta variable y contribuyan con una mayor competitividad del mercado en términos de costos de financiamiento e inversión respecto a otros mercados, sin afectar la viabilidad financiera de la SMV.

-Lo que se acordó-

Entre las medidas que se concreto se ubican:

1.- Mantener la reducción en un 10 % de la tasa de contribución aplicable a emisores de valores representativos del capital (tasa de contribución mensual de 0.00315 %) hasta el 31 de diciembre de 2022.

2.- Igualmente se aprobó excepcionalmente como una medida orientada a favorecer el financiamiento empresarial en la actual coyuntura y contribuir con ello a la reactivación económica, una reducción temporal de un 50 % de la tasa prevista para emisores de valores representativos de deuda o crédito (tasa de contribución mensual de 0.00175 %).

3.- También se ha dispuesto extender hasta el 31 de diciembre del 2022 la vigencia de la tasa de contribución promocional de cero por ciento (0.00 %) para las empresas que participan en el Mercado Alternativo de Valores (MAV), con el objetivo de reducir las obligaciones de dichos emisores, teniendo presente la actual coyuntura afectada por la pandemia del COVID – 19.

4.- Además de acordó extender hasta el 31 de diciembre del 2022 la tasa de contribución mensual de cero por ciento (0.00 %) aplicable a comitentes en los casos de: (i) operaciones al contado que realicen con valores representativos de deuda o crédito emitidos por el Gobierno Central; (ii) operaciones de préstamos bursátiles de valores; (iii) operaciones al contado con valores de renta variable por cuenta propia que realicen los agentes de intermediación; y, (iv) operaciones al contado que realicen con unidades de participación de Fondos Bursátiles o Exchange Traded Fund (ETF).

5.- Mantener la reducción de 40% en la tasa aplicable a patrimonios autónomos, fondos mutuos de inversión en valores y fondos de inversión.

Si bien el crecimiento y consolidación del mercado de valores peruano depende de una serie de limitantes, sobre todo de índole estructural, una reducción de carácter temporal en las contribuciones y costos de supervisión se constituye en una señal positiva para el mercado, y evidencia la voluntad clara del regulador de continuar promoviendo el desarrollo del mercado de valores, sin dejar de lado criterios de razonabilidad y sin afectar su viabilidad económica.

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