Durante este año, así como en el 2020, se han registrado numerosas denuncias de una modalidad de estafa por compras online que involucra la suplantación de identidad de empresas reconocidas en el mercado.
“La suplantación de identidad de empresas es una sofisticada técnica que emplean los estafadores de forma frecuente, sobre todo durante esta época del año. Los estafadores clonan las páginas web y copiando sus perfiles en redes sociales para, ofrecer desde ahí descuentos y promociones importantes de sus productos”, explicó a gestion.pe Alexandra Vargas, abogada penalista de Estudio Linares Abogados.
Un rasgo típico de esta clase de estafas es que las supuestas compras se concretan vía WhatsApp, usando cuentas bancarias que los estafadores abrieron con nombres muy similares a las empresas suplantadas.
“La compra fraudulenta suele iniciarse mediando una central telefónica con diferentes anexos que los estafadores habilitaron para tener mayor eficacia en las estafas”, refiere.
De ser víctima de estás estafas, la abogada detalla que lo primero que deberá hacer es presentar una denuncia ante la División de Estafas y otras defraudaciones o el Ministerio Público (Fiscalía de turno) adjuntando todos los medios probatorios posibles, conversaciones de WhatsApp y/o telefónicas, transferencias efectuadas, etc.
“En lo posible, de haber efectuado algún pago, simular una transferencia desde una cuenta del mismo banco de destino, a fin de comprobar la identidad del titular de la cuenta para así también poder adjuntarlo como medio probatorio”, advierte.
Estafas vs. incumplimientos
En primer lugar, debe identificarse el dolo como un elemento de la estafa, en el cual desde un principio se habría pretendido mantener en engaño a la contraparte para obtener un beneficio de manera ilícita.
Mientras que, el incumplimiento sucede de manera posterior a la celebración de un contrato, por ejemplo, de compra venta, y puede deberse a factores imprevistos, no necesariamente se presume la existencia del dolo.
“Se podrá exigir una indemnización, cuando el consumidor se encuentre insatisfecho con el producto recibido y, en cuyo caso, el vendedor se niegue a efectuar la devolución de dinero o hacer el cambio y respetar los términos de la oferta. Para ello, deberá identificarse claramente la diferente entre lo ofertado y lo recibido y el perjuicio que dicha situación ha ocasionado al cliente”, aclara Vargas.
Dicho reclamo podría efectuarse ante Indecopi, incluso vía web, donde un especialista buscará resolver el conflicto mediante un acuerdo entre consumidor y proveedor en una reunión donde participará también el representante de la entidad. En este caso, el producto podrá ser reemplazado, arreglado o incluso se puede solicitar una indemnización.
De no encontrarse satisfecho con la resolución de Indecopi o no haber logrado llegar a un acuerdo, se podrá interponer una demanda ante el Poder Judicial.
Sanciones por calidad de los productos
Cabe señalar que, así como las estafas, también se pueden denunciar siempre que los productos no cumplan con los estándares mínimos de calidad.
La venta de juguetes es una de las principales actividades que se realizan hacia fines de año y es una de las ventanas económicas más importantes de muchas empresas; así, es prioritario tener especial cuidado en ofertar productos que no hayan superado los niveles de calidad requerido por las entidades estatales.
“Además de la sanción por no cumplir con la calidad, existe la posibilidad de una denuncia por la comisión del delito de uso de productos tóxicos o peligrosos, la cual se sanciona con una pena entre 4 a 8 años de prisión”, explica Luis Alberto Liñán, socio de Solución de Conflictos de CMS Grau.
Mientras que, si se falsifica algún certificado con la finalidad de obtener un permiso para una posterior venta se tipifica el delito de falsificación de documentos que tiene una pena de entre 2 a 10 años.
También puede ocurrir la adulteración o contaminación de alimentos que luego puedan ser puestos en circulación para los consumidores.
“Por ejemplo, en caso se altere la fecha de vencimiento de un producto como los panetones, resulta posible interponer una denuncia por delitos de contaminación o adulteración de insumos destinados al consumo humano, cuya pena oscila entre 3 y 10 años de prisión”, detalla Liñán.
Otro de los delitos usuales en esta época del año es la comercialización de alcohol metílico para fines de consumo humano, la producción de bebidas alcohólicas informales adulteradas o no aptas para el consumo humano. Así, se configura el delito de comercialización ilegal de alcohol o producción de bebidas alcohólicas ilegales, cuya pena puede ir desde los 4 a 8 años.
“Es importante recordar que las empresas que producen bebidas alcohólicas de manera legal son las que se ven agraviadas frente al actuar de aquellos que delinquen desde la informalidad (…) las fiscalías de prevención del delito y fiscalías comunes deberán estar alertas para accionar, asimismo, considerar la información que puedan brindar las empresas agraviadas para el esclarecimiento de los hechos”, menciona.
¿Puede el denunciante acceder a una indemnización? “Sí, es posible solicitar el pago de una indemnización. Se puede solicitar en sede penal o en un proceso civil (éste sería el medio más idóneo), para lo cual se deberán acreditar los daños que se han generado y el monto de los mismos”, remarca el socio de Solución de Conflictos de CMS Grau.
Recomendaciones para evitar estafas
- Es imprescindible verificar la identidad de la empresa con la que se está efectuando la compra, pues realizar transacciones a favor de empresas sin antes verificar el RUC de las mismas es uno de los errores más frecuentes que nos lleva a ser víctimas de una estafa virtual. Antes de decidir comprar un producto es fundamental verificar que la empresa se encuentre debidamente registrada en Sunarp. Siempre es mejor no efectuar adelantos de fuertes sumas de dinero, sobre todo si descubrimos que se trata de una empresa informal.
- Se debe verificar que el titular de la cuenta bancaria sea exactamente la misma empresa a la que se está comprando el producto, incluso con la misma razón social, es decir, si la empresa es una S.A.C., el titular de la cuenta de destino (además de tener el mismo nombre) también deberá ser una S.A.C.
- Comprobar la veracidad de las promociones que se ofrecen en redes sociales. Es recomendable confirmar, por ejemplo, con una previa llamada a la central telefónica que se encuentra en la página web oficial de la marca, a fin de corroborar la información de alguna promoción o descuento ofrecido por alguna otra vía (WhatsApp, Facebook, Instagram, etc.). En cualquier caso, es mejor opción desconfiar de un precio sorprendentemente por debajo del mercado o, en todo caso, ofrecer un pago contra entrega.
- Evitar abrir enlaces de correos o mensajes de texto de dudosa procedencia, en los cuales se ofrecen premios o se alertan de posibles transacciones desconocidas en sus cuentas. Frente a esto, una mejor alternativa es comunicarse de manera directa e inmediata con su banco, antes de brindar sus datos personales e, incluso, claves de acceso.
Datos
Divindat advirtió que los delincuentes cibernéticos están trabajando con huellas digitales que obtienen a través de la página web del Reniec.
Entre enero y noviembre del 2021, se registraron más de 13 mil denuncias por delitos informáticos a nivel nacional, de las cuales más del 70% corresponde a la modalidad de fraude informático.
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