
Al momento de la jubilación, el afiliado a la AFP tiene hasta cuatro alternativas para recibir una pensión, ¿en alguna de ellas pudiera suceder que eventualmente los fondos se agoten?
Antes responder esa pregunta, debemos recordar que la mayoría de afiliados que se jubilan, alrededor del 90%, optan por retirar el 95.5% de ahorros, es decir, disponen de esos recursos “a suma alzada”.
Sin embargo, el afiliado puede elegir el retiro programado o una renta vitalicia, bajo cuatro posibles modalidades.
La primera opción, el retiro programado, consiste en una pensión que se recibe directamente de la AFP, que dependerá del fondo ahorrado. Cuanto mayor sea, más alta será la mensualidad.
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Bajo esa modalidad, el saldo que queda por repartir al afiliado sigue generando rentabilidad en la AFP.
Así, la pensión se recalcula con cierta frecuencia, por ejemplo, trimestralmente, con el saldo que quede en la cuenta individual, considerando factores como la expectativa de vida y la rentabilidad futura de la cuenta.
Por otro lado, la renta vitalicia no la paga una AFP, sino una aseguradora. Bajo esa modalidad, la pensión es menor en comparación a la que se recibe en retiro programado, pero es un ingreso que el jubilado recibirá de por vida, explica Jorge Guillén, docente de Esan.

Una tercera alternativa es la renta temporal con vitalicia diferida, donde la persona recibe inicialmente una pensión temporal (por un plazo de entre 1 y 5 años) de la AFP, y luego una pensión fija mensual vitalicia de parte de la aseguradora.
Una cuarta opción es la renta vitalicia escalonada, donde la compañía de seguros otorga una pensión vitalicia, y se consideran dos tramos. En el primero, se recibe una pensión mayor durante una cantidad de años establecida por la aseguradora.
Asimismo, en el segundo tramo, se recibe una pensión equivalente al 50% de la pensión del primer tramo.
De todas las opciones descritas, donde puede agotarse el fondo del afiliado es en la primera, en el retiro programado, pues se paga “hasta que se acabe el fondo” que pudo ahorrar la persona durante su vida laboral.
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En cambio, cuando se contrata una renta vitalicia, la aseguradora paga la pensión hasta el fallecimiento del jubilado, afirmó Guillén.

Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.







