
La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) está proponiendo revisar la definición de inversionista institucional.
Así lo da a conocer en una hoja de ruta publicada recientemente, en la que plantea crear una categoría de inversionista profesional a la que podrían calificar personas naturales con cierto nivel de patrimonio y/o conocimiento.
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La finalidad de esta medida sería que más peruanos puedan invertir en productos financieros especializados donde hoy solo se admiten a inversionistas institucionales, como AFP o aseguradoras. Entre estos nuevos instrumentos elegibles, destacarían, por ejemplo, bonos de titulización y ciertos fondos de inversión, explicó Víctor Valdez, socio en Osorio & Valdez Asociados.
“El público de inversionistas que podría comprar ese tipo de productos más sofisticados se ampliaría, lo cual redundaría también en una mayor oferta”, destacó Valdez.
“Hay fondos de inversión (dirigidos a institucionales) que pueden tener como tesis, por ejemplo, incluir en su cartera únicamente activos del extranjero de real estate”, comentó.
Luis Miguel Garrido, asociado del área corporativa del estudio Rubio Leguía Normand, opinó en el mismo sentido. “Calificar como inversionista profesional significaría que el individuo tendría el conocimiento y las acreditaciones requeridas. Por lo tanto, podría acceder libremente a este tipo de inversiones (más complejas)”, refirió.
Garrido hizo alusión particularmente a los bonos de titulización. Explicó que estos instrumentos permiten a las empresas obtener liquidez inmediata. A cambio, ofrecen a los inversionistas un pago a futuro que está vinculado a determinados flujos de ingresos esperados por la compañía.
“Las sociedades titulizadoras son las que emiten estos bonos, pero la empresa que va a aportar los flujos, el originador, puede ser, por ejemplo, una inmobiliaria que sabe que va a vender en el futuro los departamentos de un proyecto en marcha. Entonces, utiliza los bonos para solventar los gastos de la construcción. Otro ejemplo puede ser una empresa agrícola que sabe que tendrá cosechas buenas en tres o cuatro años, pero necesita invertir hoy en comprar semillas, en irrigación o prevención, y para ello origina los bonos”, sostuvo Garrido.
Requisitos actuales para inversionistas institucionales
Actualmente, existen las categorías de inversionista retail e institucional. Para que una persona entre en la segunda, debe contar con un patrimonio de S/ 4,812,657 y un portafolio de S/ 2,000,000. Dichos montos se van actualizando anualmente por parte de la SMV, precisó Garrido.
La superintendencia señala en la referida hoja de ruta lo siguiente: “se recomienda en primer lugar que se evalúe diferenciar entre inversionistas profesionales e inversionistas institucionales. La primera categoría incorporaría personas que tengan el conocimiento para participar en el mercado y/o un determinado monto de recursos económicos”.
En ese sentido, Garrido explicó que se estaría buscando cambiar un criterio exclusivamente cuantitativo (el capital que posee el individuo) por otro que también considere lo cualitativo, es decir, sus conocimientos.
“Puede ser en función, por ejemplo, a si he trabajado más de cinco o diez años en sociedades administradoras de fondos de inversión o en sociedades agentes de bolsa. Entonces, quizás cumpliría con ese requisito para ser considerado inversionista profesional (aunque mi patrimonio no llegue a S/ 4.8 millones). Y también se podría tomar un test de conocimientos”, dijo Valdez.
En otras palabras, podrían plantearse, según los analistas consultados, diversos métodos para definir la entrada de una persona a la categoría de inversionista profesional, incluso un certificado como el CFA.
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Fondos cerrados para más inversionistas
Si se lleva a cabo la propuesta de la SMV, más personas naturales podrían invertir en fondos de inversión cerrados, indicó Luis Miguel Garrido, del estudio Rubio Leguía Normand. “A diferencia de un fondo mutuo, del cual te puedes retirar con facilidad, en un fondo cerrado no ves el retorno hasta el momento de la desinversión, en 5 o 7 años, a veces, hasta 12. Es más complejo que una persona natural soporte ese tipo de instrumento porque normalmente tiene gastos recurrentes”, remarcó el abogado.
Garrido consideró además que la agenda que maneja hoy la superintendencia está centrada principalmente en la integración de la BVL con las bolsas de valores de Chile y Colombia. Por ello, dijo, es posible que recién en el 2026 se plasme la creación de la categoría de inversionista profesional de forma concreta.

Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.
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