El desalojo puede demandarse ya sea por el incumplimiento de dos meses de pago del alquiler o por la conclusión del periodo de contrato.
El desalojo puede demandarse ya sea por el incumplimiento de dos meses de pago del alquiler o por la conclusión del periodo de contrato.

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitió este mes un protocolo para la gestión de los procesos de desalojo en el marco de la Ley N° 30201, emitida el 2014, la cual fue conocida como la ley de desalojo exprés.