Al momento de buscar en las entidades financieras un préstamo para la compra de una vivienda, surgen dos alternativas, el crédito hipotecario tradicional y el crédito Mivivienda, ¿Cuáles son sus características y requisitos?
Lo primero que se debe tener en cuenta es que ambos créditos son brindados por las entidades financieras. Pero en el caso de Mivivienda, al tener un respaldo del programa estatal, cuenta con unas características particulares.
La persona debe sustentar ingresos para calificar a un crédito hipotecario para cualquiera de las dos opciones. “Si calificas para un crédito Mivivienda, calificas también para un crédito tradicional, pero en cambio si calificas para un crédito tradicional, no necesariamente calificas para un crédito Mivivienda”, subraya el economista Michel García, especialista en temas inmobiliarios.
Sucede que para acceder a un crédito Mivivienda un requisito es que sea para la compra de un primer inmueble, lo cual no ocurre con un crédito hipotecario tradicional.
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Otro requisito clave es que la compra vía Mivivienda tiene un tope máximo de precio del inmueble. Actualmente, el precio máximo de los inmuebles vía un crédito Mivivienda con acceso al Bono de Buen Pagador (subsidio) es de S/ 343,900 (ver cuadro con la variación del bono según el rango de precios de las viviendas).
El bono ayuda a incrementar la cuota inicial, por lo que genera una reducción de las cuotas del crédito hipotecario. “Es por ello que si una persona califica a ambas opciones de crédito, es probable que le convenga Mivivienda, pues con el bono el préstamo será menor, y se llegará a pagar menos”, anotó García.
Además, se debe tener en cuenta que en un crédito Mivivienda, la cuota inicial mínima podría ser equivalente al 7% del valor de la vivienda, mientras que en un crédito tradicional la cuota inicial mínima suele ser de 10%.
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Sobre las tasas de interés que cobran las entidades financieras, actualmente resultan bastante similares. Así, en los créditos hipotecarios tradicionales de los bancos la tasa de interés promedio es de 9.2% anual, según reporta la Superintendencia de Banca, Seguro y AFP (SBS), con datos al 30 de noviembre.
Mientras que en el caso de los créditos Mivivienda, al cierre de octubre la tasa de interés promedio es de 9.3% anual, según reporta el Fondo Mivivienda. “Se observa una diferencia mínima. En cambio un punto porcentual sí sería significativo”, indicó Michel García.
Cabe anotar que en ambos casos, las tasas son promedios, por lo que la tasa particular de cada solicitante podría variar según su condición económica y crediticia.
Asimismo, con el objetivo de facilitar el acceso a un crédito hipotecario, desde el Estado se busca bajar las tasas de interés de los créditos Mivivienda.
Así lo indicó el presidente de la Asociación de Empresas Inmobiliarias del Perú (ASEI), José Espantoso, quien refirió que el Fondo Mivivienda ha solicitado al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de Fonafe, realizar un aporte de capital por S/ 1,500 millones.
“Está pendiente que se ejecute ese aporte de capital que está pidiendo el Fondo Mivivienda al MEF. Con ese fondeo más barato, la banca podrá financiar créditos a menores tasas de interés”, señaló Espantoso.
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Finalmente, si la persona califica para ambos tipos de crédito, lo que se recomienda es solicitar a la entidad financiera una cotización y simulación de cronograma de pagos, pues allí se incorporarán todas las variables, como la cuota inicial, bono, tasa de interés, entre otras, y se podría comparar y definir con mayor certeza con cuál alternativa se pagaría una menor cuota de crédito.
Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.