El comprador tiene que pagar el impuesto de alcabala, que corresponde al 3% del precio de venta o el de autovalúo (el que sea mayor). (Foto: Pixabay)
El comprador tiene que pagar el impuesto de alcabala, que corresponde al 3% del precio de venta o el de autovalúo (el que sea mayor). (Foto: Pixabay)

Ante el aumento de las tasas de interés de los créditos hipotecarios, muchas personas están considerando acelerar su compra de vivienda ante un escenario de cada vez mayores tasas; sin embargo, muchos desconocen las obligaciones tributarias que conlleva este escenario. Camilo Maruy, socio del estudio Rebaza, Alcazar & De Las Casas y Jorge Picón, abogado tributarista y socio de estudio Picón, explican el tema.

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