
El Ministerio de Vivienda publicó el pasado 27 de agosto un proyecto de resolución que actualizará algunas definiciones del Reglamento Nacional de Edificaciones. Y también se regulan aspectos referidos a las dimensiones mínimas de las viviendas (Resolución Ministerial N° 214-2025-VIVIENDA).
A continuación, repasamos los tamaños mínimos que podrían tener los principales tipos de vivienda en el Perú.
Casas. Su denominación técnica es vivienda unifamiliar. Para el caso de las Viviendas de Interés Social (VIS), es decir, destinadas a familias de bajos recursos, por lo que cuentan con medidas de promoción del Estado, deben tener un área techada mínima de 35 m2, según el reglamento de la VIS publicado en abril de este año.
Mientras que las casas no VIS pueden tener un área techada mínima de 25 m2, indica el proyecto de resolución del ministerio emitido en agosto, el cual no modificará el mínimo de las casas VIS, precisó Franco Soria, socio de inmobiliario y construcción del estudio CMS Grau.
“En el proyecto del Reglamento Nacional de Edificaciones se establece un área mínima para vivienda unifamiliar (no VIS), que es menor al que establece el decreto de la VIS”, remarcó.
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En ello coincidió José Espantoso, presidente de la Confederación de Desarrolladores Inmobiliarios del Perú (Codip). “Lo que está haciendo el Gobierno es que si hay familias que se quieren beneficiar de los subsidios de Techo Propio, con 35 m2 tendrán una mejor calidad de vida. Pero no se le quita la posibilidad a alguien no beneficiario de Techo Propio para que pueda construir una vivienda desde los 25 m2”, sostuvo.
Departamentos. Son viviendas en edificios multifamiliares. El área mínima que deben tener es de 40 m2, tanto para un departamento VIS y no VIS, refirió José Espantoso.
En este caso, el ejecutivo pidió al Gobierno que emita una disposición donde se precise que el mínimo de 40 m2 para los departamentos VIS se aplique para proyectos que se presenten desde abril de este año, cuando se emitió el reglamento VIS.
“Esto pues hay proyectos que se construyeron hace dos años, con legislación anterior, con departamentos de 35 m2. Y a la hora de venderse, requieren de los subsidios para los que aplican las familias. Tienen que seguir considerándose VIS. Los nuevos proyectos ya no podrían ser menores a 40 m2. Solicitamos una precisión en la norma. Que se sigan atendiendo como VIS los proyectos aprobados antes de la norma, menores a 40 m2”, subrayó Espantoso.
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Habitaciones para alquiler. El proyecto de resolución ministerial que actualizará el Reglamento Nacional de Edificaciones mantiene en 16 m2 el área mínima de este tipo de viviendas. Y establece que se denominarán viviendas de uso colectivo.
En los alrededores de universidades suelen construirse pisos con cuartos para alquiler, donde se comparten áreas como baños o cocina. El proyecto de resolución precisa que estas viviendas no se podrán independizar, y por lo tanto, no se podrán vender formalmente.
“Se establece ello para que no se generen unidades inmobiliarias muy pequeñas. Podrás construirlas, pero no podrás independizarlas. Lo podrías vender, pero no se van a inscribir en registros públicos, por lo que sería una venta informal”, apuntó Franco Soria.

Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.