¿Gratificación y aguinaldo son lo mismo? Si bien se tratan de bonificaciones que se entregan en julio y diciembre a los trabajadores en el Perú, existe confusión al respecto ya que muchos utilizan ambos términos como sinónimos; sin embargo, se tratan de dos conceptos distintos, principalmente en relación a montos y a quiénes van dirigidas.
Este mes de diciembre, por el concepto de Navidad, los empleados, tanto del sector público como privado, recibirán un “dinero extra” como retribución a su trabajo. Conoce quiénes reciben aguinaldo y quiénes gratificación. A continuación, Gestión te detalla cinco puntos de cada uno de estos conceptos para que sepas la diferencia.
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE GRATIFICACIÓN Y AGUINALDO?
El aguinaldo es un beneficio laboral que reciben los funcionarios públicos y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo n.° 276 y la Ley n.° 29944. Para el año fiscal 2022, la Ley de Presupuesto del sector público menciona que el monto a entregarse dos veces al año será de S/. 300, cifra determinada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y que ya está establecida un año antes de su depósito.
En cambio, la gratificación es un monto que se le otorga en julio y diciembre al trabajador del régimen laboral privado y algunos del sector público que figuren en planilla equivalente a una remuneración completa, siempre y cuando el trabajador haya laborado el semestre completo. Caso contrario, solo recibirá una fracción del total.
Asimismo, se le suma una bonificación del 9% por EsSalud y, en el caso de estar afiliado a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación es de 6,75%. Un dato importante es que en Perú, las empresas del sector privado están obligadas a pagar la gratificación hasta la quincena de julio o diciembre.
CINCO PUNTOS SOBRE EL AGUINALDO
Conoce mejor este concepto, que está destinado al sector público.
5. ¿Qué es aguinaldo?
Según la ley nacional, el aguinaldo es una bonificación que se entrega sólo a los funcionarios públicos y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y la Ley N° 29944.
4. ¿Quiénes reciben aguinaldo?
El aguinaldo por Navidad será para los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
También incluye a docentes universitarios, personal de salud, obreros permanentes y eventuales del sector público, personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; al igual que a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de las leyes 15117, 19846, así como de los decretos 20530 y 28091.
3. ¿Cuánto será el aguinaldo de diciembre por Navidad?
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 283-2022-EF, que dicta disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Navidad, se establece que el monto será de hasta S/300. En el caso de los Internos de Medicina Humana y Odontología, cabe mencionar, el monto será de S/100.
2. ¿Cuándo se pagará el aguinaldo navideño?
Según la norma que regula el beneficio económico, el aguinaldo de hasta S/300 será incluido en la planilla de pagos correspondiente al mes de diciembre del año 2022.
1. ¿Cuáles son los requisitos para recibir el aguinaldo de Navidad?
Los trabajadores tienen derecho a percibir el Aguinaldo por Navidad, siempre que cumplan de manera conjunta con las siguientes condiciones:
- Estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP)
- Haber estado laborando al 30 de noviembre de 2022, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
- Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de noviembre del presente año. Si no cuenta con ese tiempo, el pago se hará en forma proporcional a los meses y días laborados.
CINCO PUNTOS SOBRE LA GRATIFICACIÓN
Conoce mejor este concepto, que está destinado al sector privado.
5. ¿Qué es la gratificación?
La gratificación es el derecho de los trabajadores a percibir una remuneración adicional por Fiestas Patrias, en el mes de julio, y Navidad, en diciembre. La gratificación tiene como fin que el trabajador pueda afrontar los gastos adicionales que demandan estas festividades como viajes, excursiones, compras, entre otros, indica el Ministerio de Trabajo.
4. ¿Qué trabajadores recibirán la gratificación en diciembre?
Para acceder al pago de la gratificación se requiere:
- Ser trabajador del sector privado.
- Deben estar en planilla.
- Haber laborado al menos 1 mes entre julio y diciembre de 2022.
3 ¿Cuánto se pagará de gratificación?
El pago se calcula de acuerdo con el salario de cada trabajador. No todos reciben lo mismo, pero cada persona puede recibir hasta más de un sueldo completo.
La gratificación será el sueldo bruto más el 9% adicional del salario por concepto de Essalud, o 6.5% por EPS. Además, se calcula de la siguiente forma: el trabajador recibirá un pago proporcional de acuerdo a los meses laborados, esto quiere decir 1/6 del monto total por cada mes. Si hablamos del pago por Navidad, se contabiliza de julio a diciembre.
2. ¿Cuándo vence el plazo para el pago de la gratificación en diciembre?
Las empresas deben depositar la gratificación hasta el 15 de diciembre, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley sobre gratificaciones (Ley 27735). Se estima que más de 4 millones de trabajadores en planilla del sector privado reciben el pago de este beneficio laboral.
1. ¿Cuáles son los requisitos para recibir la gratificación?
El trabajador debe estar en planilla y haber estado laborando por lo menos un durante el semestre (de julio a diciembre) para recibir el concepto de gratificación. En el caso de la persona que trabajó un mes, el monto de pago será de 1/6 de la remuneración computable por el mes laborado.
¿QUÉ TIENEN EN COMÚN EL AGUINALDO Y GRATIFICACIÓN?
Ambos conceptos destinados a los trabajadores, en julio y diciembre, no pueden ser sujetos a descuentos. La Ley Nº 30334, que establece medidas para dinamizar la economía en el año 2015, se dispuso que los aguinaldos y gratificaciones no se encuentren sujetos a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna; excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador. Asimismo, estableció que sus disposiciones también eran de aplicación a los jubilados y pensionistas, y dispuso la vigencia indefinida de la mencionada disposición.