La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha modificado los cronogramas de adecuación de diversas disposiciones regulatorias asociadas a la solvencia del sistema financiero.
El objetivo de esta medida es brindar a las entidades financieras un plazo adicional para que puedan ejecutar sus planes de fortalecimiento patrimonial, considerando el contexto macroeconómico -se proyecta una caída del PBI de 0.5% para el año 2023- y que se mantiene un alto grado de incertidumbre sobre su evolución futura por los posibles efectos derivados del Fenómeno El Niño, señala el regulador.
De acuerdo con la norma, se ha postergado el plazo para el incremento del límite global de solvencia o ratio de capital global a 9.5% -que terminaba en marzo de 2024- hasta setiembre de este año.
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Asimismo, se determina que el regreso de este límite global a 10% se extiende de setiembre de 2024 a marzo de 2025.
Como se recuerda, ante el impacto del estado de emergencia nacional, debido a la pandemia del Covid-19, en la economía peruana, en marzo de 2021 se redujo temporalmente el límite global de solvencia de 10% a 8% (aplicable por el periodo de abril 2021 a agosto de 2022), estableciéndose un cronograma gradual para volver a 10%.
Así, el límite global pasó a 8.5% en setiembre de 2022, a 9% en abril de 2023, previendo su incremento a 9.5% en marzo de 2024.
Con relación al cronograma de deducción de activos intangibles del patrimonio efectivo de las empresas del sistema financiero, se ha dispuesto mantener el porcentaje de deducción en 70% hasta diciembre de 2024, esperando un incremento al 80% a partir de enero de 2025.
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