Como cada año, los empleadores del sector privado tienen hasta el 15 de noviembre para efectuar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), correspondiente al periodo semestral mayo-octubre del 2023.
Se trata de un beneficio social que tiene como finalidad proteger al trabajador de las contingencias que pueden originarse como consecuencia del cese en el trabajo. La CTS se deposita dos veces al año: en mayo y noviembre; y equivale, en promedio, a una remuneración anual.
En un contexto regular, el retiro de este beneficio es intangible hasta cuatro sueldos del trabajador; sin embargo, a raíz del COVID-19, desde el 25 de mayo de este año, el Estado autorizó que los ciudadanos puedan disponer del 100% del dinero de su cuenta de CTS hasta el 31 de diciembre de este año, explicó Mauricio Matos, associate partner del Área Laboral de EY Perú.
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Conozca todos los detalles sobre el pago de este beneficio laboral, que será abonado en noviembre del 2023.
¿Qué trabajadores pueden acceder a este beneficio?
Como regla general, pueden acceder todos los trabajadores del régimen laboral privado que hayan laborado como mínimo cuatro horas diarias y que tengan como mínimo un mes completo de servicios entre los meses de mayo y octubre. Asimismo, también están comprendidos:
- Los trabajadores de la pequeña empresa, pero a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
- Los trabajadores del régimen agrario, para quienes la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% de la remuneración básica; sin embargo, el trabajador puede elegir que la CTS le sea abonada de manera diferenciada y de manera semestral, como en el régimen laboral común.
- Los trabajadores del hogar, quienes conforme a la Ley N°31047 y el DS 009-2021-TR, también acceden al pago de la CTS, la cual se deberá abonar en las mismas condiciones que el régimen laboral común.
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¿Cómo se calcula la CTS?
El monto de la CTS a depositar varía según el tipo de empresa y el tiempo laborado en el periodo semestral.
En el caso de la mediana y gran empresa, si el trabajador laboró el período semestral completo, su CTS a depositar será el 50% del sueldo de octubre 2023 más un sexto de la gratificación recibida en julio 2023.
Por ejemplo, si el sueldo del trabajador es S/ 1,500, su CTS será: S/ 750 más S/ 250 (1/6 de la gratificación percibida), entonces el total de la CTS a depositar sería S/ 1,000.
¿Qué conceptos no forman parte de la base de cálculo de la CTS?
No son considerados en el calculo de la CTS todos aquellos beneficios que podría recibir un trabajador, pero que no son remuneraciones, por ejemplo:
- Gratificaciones extraordinarias
- La movilidad supeditada a la asistencia al centro de trabajo
- Asignaciones por educación
- Nacimiento de hijos
- Fallecimiento
- Cualquier forma de participación en las utilidades
- Bienes que la empresa otorgue a sus trabajadores, de su propia producción.
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¿Cuáles son las sanciones en caso no se realice el pago?
El no efectuar el pago de la CTS, así como no depositarla íntegra y oportunamente se considera como una infracción grave pasible de ser sancionada con una multa que oscila entre S/ 7,222 a S/ 120,152, dependiendo del número de trabajadores afectados.
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