Con la promulgación de una nueva ley del Congreso, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) tendrán acceso a una pensión mínima de jubilación.
Con ello, el trabajador establecerá una meta de ahorro durante sus años de aporte, necesaria para obtener un determinado monto de pensión (que no debe ser menor a S/ 378). Una vez alcanzada dicha meta, podrá disponer del excedente de dicho monto acumulado, lo que, en la práctica, representará un nuevo retiro de recursos del fondo de AFP.
El impacto de esta norma es una eventual salida de fondos del SPP, proveniente de los afiliados que ya superan dicha cifra mínima para tener una pensión, dijo a Gestión Jorge Espada, managing partner de Valoro Capital.
Los afiliados jóvenes o aquellos que retiraron previamente no podrán hacerlo ahora, pero sí se sumarían quienes tengan más de 40 años, en cuyos años de aporte su remuneración superó los S/ 3,000 o, en su defecto, lleven muchos años abonando a su AFP, precisó.
Si bien acogerse a esta medida será decisión del afiliado, la ley indica que la pensión fijada por el aportante no deberá ser menor a la Canasta Básica de Consumo.
Según el cálculo de analistas del sistema financiero, esto implicaría que el trabajador deberá acumular un fondo de por lo menos S/ 80,000, tomando en cuenta que la canasta básica para una persona, según el INEI, equivale a S/ 378 mensuales.
Así, por ejemplo, alguien que tenga un ahorro para la jubilación de S/ 150,000, y fije un tope mínimo de pensión, podría retirar S/ 70,000, los cuales serán trasladados de su cuenta individual de capitalización (CIC) a la de aportes voluntarios sin fin previsional en la misma AFP.
Estas últimas cuentas son de libre disponibilidad, por lo que el afiliado podra retirar esos recursos cuando lo crea conveniente.
Hasta el momento, los retiros de fondos de AFP en pandemia ascienden a casi S/ 100,000 millones.
Para Enrique Diaz, presidente de la consultora MC&F, la posibilidad de un retiro, como el que permite la nueva ley, sería conveniente para quienes tienen ingresos elevados o mayores fondos de AFP, pues podrán disponer de montos significativos, muy por encima de los S/ 18,400 permitidos con la última ley de liberación (vigente en el 2022).
Hay personas a las que les falta 10 o cinco años para jubilarse y ya superan un fondo para acogerse a la pensión mínima, acotó. El excedente de ese fondo requerido para su pensión mínima, podran retirarlo, añadio.
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En abril se publicaría reglamento
La ley publicada otorga 90 días calendario al Ejecutivo para emitir un reglamento, con lo cual desde abril sería posible solicitar este retiro por parte de los afiliados.
“Quizás con el periodo que le den a las AFP para implementar esto en sus plataformas, podrían verse algunos retiros en junio”, comentó Espada.
El ejecutivo detalló que los retiros autorizados anteriormente fueron relevantes en número de afiliados, pues abarcó a los trabajadores con salarios bajos y pequeños fondos acumulados.
Sin embargo, esta norma liberará recursos de menos afiliados, aunque les dara la opción de disponer de montos más grandes, añadió.
Garantías para financiamiento
Asimismo, la ley permitirá al afiliado emitir garantías negociables por un monto equivalente al excedente de su fondo, tras alcanzar su meta de ahorro para obtener una pensión, cuya vigencia será de dos años.
Los ahorros previsionales no podían ser usados para respaldar operaciones financieras, pero ahora, con la nueva ley, servirán de aval para la solicitud de préstamos de quienes se acojan a la norma, señaló Díaz.
Estos papeles incluso podrían servir de garantía para otras obligaciones como el pago de alquileres, agregó.
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“AFP deberán estar más líquidas de lo normal”
El mercado no anticipaba, hasta ahora, más retiros de fondos de los afiliados de AFP. Por lo tanto, la posibilidad de una nueva liberación de fondos para quienes cuentan con más ahorros acumulados, tendría impacto en el desempeño del portafolio administrado por las AFP.
“Ahora las AFP deberán estar más líquidas de lo normal, deberán recomponer portafolios y dirigirse más hacia depósitos u otros instrumentos de fácil conversión en efectivo, lo cual afectará algunos precios de negociación (de activos en los que invierten las AFP)”, sostuvo Enrique Díaz, de MC&F.
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