El 21 de agosto último se publicó en el diario oficial El Peruano, el procedimiento operativo de la Ley N°31332, en donde se establece que, a partir de los 50 años de edad, tanto hombres como mujeres, podrán acceder a la Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA) y a la Jubilación Anticipada Ordinaria (JAO), teniendo en cuenta que deberán cumplir con todos los demás requisitos de la norma.
Así, a partir de hoy 1 de setiembre los afiliados podrán ingresar sus solicitudes de acuerdo a la modificación de la Ley, recuerda Jorge Carrillo Acosta, profesor de Pacífico Business School.
Incluso, el portal de AFP Integra informa que este proceso lo podrán realizar de manera 100% virtual, ingresando a su respectiva cuenta.
Definitivamente, dejar de trabajar y jubilarse antes de tiempo es el sueño de muchos, ya que vida solamente hay una y muchas veces parece que no la disfrutamos lo suficiente con la familia y los amigos. Pero ¿qué tan conveniente es retirar todo el fondo de su AFP a los 50 años para el común de los peruanos? Carrilllo señala que esta decisión tiene sus pro y contras, ya que por un lado permitiría a algunas personas que están desde hace más de un año sin trabajo poder tener liquidez para sobrevivir y afrontar de mejor manera la crisis actual, marcada por la incertidumbre política y el alza de precios de los productos de la canasta básica.
En tanto, el lado negativo es que va en contra de la pensión de jubilación porque “una cosa es aportar 40 años hasta los 65 y otra solo 25 años hasta los 50, entonces el fondo va a ser más chico porque serán 15 años menos de aportaciones”, precisa.
Comenta que cuando las personas se jubilan lo que hacen las compañías de seguro en una renta vitalicia, que es un seguro de por vida, es estimar la esperanza de vida. “Así, si un afiliado tiene 20 años aportando y tiene un sueldo de S/ 4,000 podría acumular un fondo de S/ 287,000 (a una tasa de 10%, que es baja) y recibir a los 65 años, aproximadamente, S/ 1,500 al mes por 30 años; pero si lo hace a los 50 años va a recibir alrededor de S/ 1,000 porque este fondo se prorrateará por 45 años y ya no en 30”, explica.
Por su parte, Enrique Castellanos, docente de Economía de la Universidad del Pacífico, sostiene que, quizá esto podría funcionar mejor para las personas que tienen un buen sueldo y que han aportado regularmente a su AFP por 20 a 25 años, para poder tener una pensión decente. “Esto solo aplicaría en la minoría de afiliados, la mayoría no tiene esas ventajas y no podría darse este lujo”, dice.
Opciones tras jubilarse
Carrillo Acosta explica que, de tomar la opción de la jubilación anticipada, el afiliado puede retirar el 95.5% de su fondo al momento; inclinarse por una renta programada, en la cual se le deposita una cantidad mensual dependiendo del monto ahorrado y la esperanza de vida, y por una renta vitalicia, que es de por vida. “Esta última alternativa es una de las mejores opciones”, considera.
Además, destaca que, si se decide trabajar como dependiente pese a jubilarse, ya no es obligatorio aportar a la AFP y puede seguir en la planilla de la empresa o emitir recibos por honorarios.
Sin embargo, Castellanos sostiene que la recomendación básica es seguir trabajando, salvo que ya no se esté en dicha capacidad.
Requisitos
Para calificar a la jubilación anticipada, el trabajador deberá tener 50 años cumplidos, encontrarse desempleado durante 12 meses consecutivos o más. (Los meses se cuentan desde el mes anterior a la presentación de tu solicitud.)
Cabe indicar que, si durante el periodo de desempleo tuviste ingresos de cuarta categoría, estos no podrán ser superiores a 7 UIT (S/ 30,800). Si tuviste dichos ingresos y cuentas con RUC, deberás presentar el “Reporte Tributario de Rentas de Cuarta Categoría” que emite la SUNAT.
Para iniciar el trámite, según AFP Integra, solo es necesario tener el documento de Identidad vigente, y el reporte indicado en el anterior párrafo en caso de contar con RUC.