
De acuerdo con información proporcionada por Cavali, al cierre del primer trimestre del 2025, se han realizado negocios en la industria de factoring por S/ 11,890 millones mediante el registro de 521,676 facturas.
Comparado con el mismo periodo del 2024, el crecimiento en volúmenes negociados es de 24.55% y por número de facturas es de 22.32%, según informó Ricardo Gallo, CEO de INANDES Grupo Financiero y presidente de la Asociación Peruana de Factoring (APEFAC).
Explicó que el crecimiento de la industria se debe a que más empresas están utilizando la herramienta para obtener financiamiento. El factoring les permite obtener el capital de trabajo necesario para seguir operando.
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Avance del factoring y proyección anual 2025
También, muchas empresas grandes están incrementando el uso de líneas para realizar pronto pago a sus proveedores (confirming) a cambio de obtener descuentos. A medida que más empresas usen estos mecanismos el mercado seguirá creciendo.
“Sobre la base del crecimiento en el primer trimestre, las proyecciones al concluir 2025 indican que deberíamos alcanzar los S/ 53 mil millones en operaciones y cerca de 2.5 millones de facturas en operación. Esto implica un crecimiento aproximado de 25% versus 2024” dijo.
Para que las empresas del Estado puedan participar plenamente de las operaciones de factoring en el Perú indicó que la ley y los procesos están dados, sólo necesitamos que se cumplan. El procedimiento no es complejo y algunas entidades ya están apoyando a sus proveedores con este mecanismo. El tema es que se difunda entre todos los entes estatales.
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Regulación del factoring a nivel regional
Resaltó que a nivel comparativo con el desarrollo alcanzado por el factoring en otros países, hay muchos temas por ajustar.
Por ejemplo sería importante una mayor participación de Sunat en la industria ajustando la ley de comprobantes de pago y reconocer que no existen dos facturas.
En la realidad para Sunat, cuando una factura se convierte en título valor no tiene implicancia con cualquier cambio que pudiera tener la factura comercial.
“Esta posición hace que modificaciones posteriores que se hagan a la factura comercial no sean transmitidos al legítimo tenedor de la factura negociable. Esto deja abierta la posibilidad que facturas que han sido negociadas y convertida en título valor, tributaria y contablemente puedan ser modificadas o inclusive anuladas por notas de débito o crédito”, sostuvo.
Agregó que, en otros países como Chile o Colombia, se reconoce los derechos de los dueños o inversionistas de las facturas en acceder a ese conocimiento.
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Otros “ajustes” a la regulación del factoring
Mencionó que otra práctica que es necesario implementar es mejorar los procesos de cobranza de las facturas a través del uso de tribunales especializados en títulos valores que podrían reducir la carga procesal de juzgados civiles que no sólo ven temas comerciales sino también otros aspectos.
Finalmente, otro tema a mejorar en nuestra legislación es el proceso de sancionador contra las prácticas que impiden a las empresas acceder a este procedimiento.
La ley establece que prácticas como limitar los derechos de los proveedores a negociar las empresas, poner trabas o implementar procesos fuera de los establecidos por la ley deben ser sancionados por la autoridad correspondiente. Este proceso es muy lento actualmente, aunque ha habido mejoras.