En el camino para salir del sobrendeudamiento, existen dos opciones que le pueden otorgar las entidades financieras y bancarias: reprogramar o refinanciar su deuda, explica Edmundo Lizarzaburu, profesor de la carrera de Administración y Finanzas de la Universidad ESAN.
Si bien ambos conceptos parecen ser iguales, no lo son. Así, en diálogo con Gestión.pe, señala que es preferible optar por la reprogramación de la deuda, pues ello significa que el cliente ha previsto que no llegará a fin de mes para pagar su cuota y busca una solución antes que la cuota se encuentre vencida (que esté fuera de su fecha de pago).
Cuando se opta por el refinanciamiento de deuda, detalla, implica que el cliente ya está en problemas.
En este caso, es probable que la fecha de pago de la deuda ya se encuentre vencida.
“El sistema financiero siempre va a ver mejor a alguien que busca reprogramar una deuda que a aquellos que buscan refinanciar, porque en la reprogramación se puede evidenciar la capacidad de planeamiento y búsqueda de solución. En la refinanciación, literalmente es lo único que queda hacer”, sostuvo.
Otro punto a considerar recae en que si el cliente solicita reprogramar su deuda no verá afectado el historial crediticio. Sin embargo, en la refinanciación sí se altera dicho historial.
Ante ello, es importante recordar que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) clasifica a los deudores de acuerdo a los días de morosidad (días de atraso en sus pagos).
Calificación - Días de morosidad | ||
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Categorías de clasificación | En créditos de consumo |
En créditos hipotecarios |
O: Normal | Pago puntual o atraso máximo de 8 días calendario | Pago puntual o atraso máximo de 30 días calendario |
1: Problemas potenciales | Atraso en el pago de entre 9 a 30 días calendario |
Atraso en el pago de entre 31 a 60 días calendario |
2: Deficiente | Atraso en el pago de entre 31 a 60 días calendario |
Atraso en el pago de entre 61 a 120 días calendario |
3: Dudoso | Atraso en el pago de entre 61 a 120 días calendario |
Atraso en el pago de entre 121 a 365 días calendario |
4: Pérdida | Atrasos en el pago de más de 120 días calendario | Atrasos en el pago de más de 365 días calendario |
Fuente: SBS |
El nuevo plazo y los límites
Si el cliente acude a la entidad financiera y busca la reprogramación de deuda, el nuevo plazo del pago de la deuda es esencial.
Lizarzaburu recomendó elegir el plazo más largo posible a fin de tener cuotas más pequeñas y así poco a poco volver a ordenarse en sus finanzas.
Si bien en plazo puede ser amplio, también dijo que una opción es amortizar la deuda con dinero extra que pueda recibir, como con la gratificación que reciben los trabajadores en planilla los meses de julio y diciembre.
Con la nueva deuda y con las cuotas más pequeñas, también se recomienda tener limitantes.
“En este proceso hay que buscar no incurrir en gastos del día a día y que muchas veces lo llevamos a la tarjeta de crédito. Cuando una persona está con sobreendeudamiento tiene que evitar cines, restaurantes, viajes, cosas o gastos, esos gustitos que se pueda dar en el camino porque de lo contrario, caerá en ‘un hueco financiero’”, apuntó.
Cuando una persona está sobreendeudada, también alertó, se deja de tener la capacidad de hacer frente a posibles contingencias que se puedan presentar, como algún accidente, salud o algún siniestro.
En ese sentido, precisó que cuando el usuario ingresa a la etapa de reprogramación de deuda y se ordena financieramente, es importante que a corto a mediano plazo entienda la importancia de ahorrar.