El Congreso de la República da el primer paso para reducir los plazos de actualización de la información crediticia de los usuarios financieros en las centrales de riesgo, especialmente de las deudas no reconocidas por los usuarios financieros.
Así, en los casos donde se detectan consumos no reconocidos tras una investigación, las entidades financieras deberán comunicar a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y al afectado la corrección de la información en un plazo máximo de siete días hábiles, según refiere el dictamen aprobado por la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos.
Ahora, algunos usuarios que presentan deudas que ellos mismos no reconocen optan por pagarlas para no ser reportados como malos pagadores ante las demás entidades, pese a realizar el reclamo para eliminar esta operación. Pero, quienes no tienen la posibilidad de cancelarlas de ese modo permanecen con el registro moroso en las centrales mientras se analiza el caso.
LEA TAMBIÉN Compras online: ¿la biometría acabará con las contraseñas en Perú?
Dicha situación les perjudica en la obtención de nuevo financiamiento, pues el historial crediticio no aclara los casos de morosidad provenientes de operaciones no reconocidas.
Un punto favorable de esta propuesta es que se está buscando que la información financiera de los usuarios sea regularizada rápidamente, tanto en la SBS como en las centrales de riesgo, independientemente de ser deuda reconocida o no, dijo a Gestión Roberto Shimabukuro, especialista en derecho del consumidor y socio de Monroy & Shima Abogados.
“Hoy no tenemos un plazo determinado, el trámite regular de las entidades es que, dentro de los 15 días posteriores a la finalización de cada mes, comunican al regulador las deudas de sus clientes y esta información se ve reflejada en las centrales privadas hasta el siguiente mes. Es decir, hay un atraso de casi dos meses en los datos”, explicó.
Ahora se propone que la entidad tenga siete días hábiles para informar a la SBS, a su vez, esta entidad tiene otros siete días hábiles para comunicar a las demás instituciones financieras y a las centrales.
Además, se establece un periodo de hasta dos días hábiles para que las centrales de riesgo privadas actualicen los registros una vez recibida la información pertinente del acreedor, plazo que hoy es de cinco días. Así, la propuesta implicaría alrededor de 16 días hábiles para actualizar la información del cliente que salda su obligación.
El abogado respaldó la idea de que la regularización de deudas no identificadas se ejecute una vez terminada la investigación, pues algunos de los proyectos que componen el dictamen aprobado planteaban que las centrales no difundan la información mientras haya un procedimiento administrativo vigente.
LEA TAMBIÉN Empresas líderes logran las mayores utilidades en 10 trimestres, ¿qué se viene?
Incentivo perverso
Sin embargo, otros especialistas consideran que, de acuerdo con el texto sustitutorio debatido, no queda del todo claro el momento en que se realizaría la actualización de la deuda no reconocida.
El dictamen no es tan claro al decir “cuando la entidad financiera compruebe la procedencia de la denuncia”, porque esto podría significar que se tiene fundamentos para comenzar a investigar o que es una denuncia fundada y le da la razón al consumidor, comentó Luis Miguel Garrido, asociado senior de Rubio Leguía Normand.
“Aquí hay un choque entre el derecho del consumidor que busca prevalecer su derecho de inocencia y las normas prudenciales del sistema financiero que no permiten otorgar crédito a personas muy riesgosas”, indicó.
Si la norma no tiene una redacción clara, podría crear un incentivo perverso a que el usuario presente un reclamo por deudas no reconocidas con el objetivo de evitar ser reportado negativamente en la central, alertó. De esta forma, continuaría siendo sujeto de crédito mientras se comprueba si la obligación fue contraída por él o un tercero no autorizado, acotó.
Gestión se comunicó con la referida comisión del Congreso, no obstante, el dictamen final aún no se hace público.
Autofraude
Especialistas advierten que no registrar las deudas no reconocidas favorecería a los clientes que cometen autofraude con sus tarjetas plásticas, casos que también han aumentado según señaló una aseguradora recientemente.
Para Álvaro Castro, socio de Damma Legal Advisors, es relevante precisar si la actualización del registro se realizaría culminado el procedimiento administrativo, pues estos reclamos pueden tardar hasta tres años en el Indecopi para ser resueltos. “Las operaciones no reconocidas son la principal causa de reclamos hacia el sistema financiero, incluso podría ser contraproducente que dichas deudas no ingresen a las centrales de riesgo pues en medio de una era digital conllevaría a una acumulación de reclamos que dilataría más su solución”, expresó.
Asimismo, habría que evaluar si las entidades financieras y las centrales de riesgo están en la posibilidad de cumplir con los plazos que se han aprobado, sostuvo Castro.
María del Carmen Yuta, socia de Vodanovic, manifestó que reducir los procesos a periodos muy cortos, como en el caso de la centrales, podría comprometer la comprobación de datos y, por ende, la calidad de la información.
Cartas de no adeudo se deben entregar en 7 días
El texto sustitutorio debatido indica que, en general, el deudor que regularice su deuda pendiente y quede al día en sus obligaciones puede solicitar a la entidad financiera que, en un plazo de siete días hábiles, emita y ponga a su disposición una constancia de no adeudo.
Sin embargo, la entrega de estas constancias ya se encuentran reguladas por la SBS en el Reglamento de Conducta de Mercado, indicó María del Carmen Yuta, socia de Vodanovic.
“Una vez canceladas todas las obligaciones por parte del cliente, las empresas financieras entregan de forma automática y en un plazo máximo de siete días hábiles el documento que acredite la cancelación”, señaló.
Dicho plazo también se encuentra establecido en la ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros, dijo.
Por tanto, habría una sobrerregulación respecto de la emisión de constancias de no adeudo pues estas ya son contempladas por la norma actual, advirtió.
Temas relacionados con Operaciones no reconocidas
- Bancos asumirán pérdidas en operaciones con tarjetas no reconocidas por clientes
- Compras con tarjeta de crédito serán más tediosas pero seguras, ¿qué hará SBS?
- ¿Qué cambios vienen en centrales de riesgo para los que tienen deudas?
LEA TAMBIÉN Las 44 de las 256 alternativas de inversión que rinden por encima de 10%