Las centrales de riesgo tienen información sobre todas las personas que tienen cuentas, compromisos de pago y/o deudas en el sistema financiero y/o instituciones. En ella, se clasifica a los deudores a efectos de evitar el sobreendeudamiento y la morosidad. Es una herramienta que usan mucho, por ejemplo, las entidades financieras para otorgar créditos, para alquilar una vivienda, e incluso algunos reclutadores, para conocer el perfil de un candidato a un puesto.
La publicación de la información no tiene por fin restringir el acceso de los usuarios del sistema a nuevos créditos, ya que el otorgamiento de los mismo depende del estudio que realice cada identidad financiera sobre diversos aspectos del potencial cliente, como la capacidad de pago, el cumplimiento del obligaciones, las garantías ofrecidas, entre otros, de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente y según las políticas internas de cada entidad, según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
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Si bien hay empresas privadas que ofrecen este servicio, también está el Reporte de Deuda y Alerta Crediticia de la SBS. En el caso del Reporte de Deuda se tiene seis reportes disponibles, los cuales se pueden visualizar de forma gratuita y consultarlos de manera ilimitada.
Cabe precisar que los reportes son actualizados cada mes y se publican a fines del mes siguiente.
En tanto, la Alerta Crediticia permite a los usuarios editar su información personal consignada en el formulario de registro. Este servicio mantiene informado a los usuarios suscritos a este servicio, sobre los cambios en su calificación crediticia y cuando se registra una nueva línea de crédito, lo que permite detectar eventuales situaciones de fraude.
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¿Cómo reclamar en caso de considerar errada la información de la Central de Riesgos de la SBS?
- El primer paso es presentar su reclamo ante la entidad financiera reportante, quien es la única facultada para realizar rectificaciones en caso de existir error.
- La información debe ser remitida a la SBS por las entidades reportantes en forma mensual, en un plazo no mayor a 15 días calendario, contando desde el cierre del mes al que corresponda.
- La SBS únicamente realiza la publicación consolidada de los reportes recibidos (de todas las entidades). Así por ejemplo, si usted realiza el pago de su cuota mensual en el mes de agosto, cuando la empresa reporte la información crediticia relacionada a su crédito deberá señalar únicamente la deuda pendiente al 31.08.2023, siendo la misma publicada en la Central de Riesgos, luego de su consolidación, a finales de setiembre de 2023
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Categorías del sistema financiero a un deudor
Todos los deudores del sistema financiero, sean personas jurídicas o naturales, cuentan con categorías distintas de clasificación para el deudor. Estas pueden ser “normal”, “crédito con problema potencial”, “deficiente”, “dudoso” o “pérdida”, según los días de retraso, para cada tipo de crédito.
Categorías de riesgo | En crédito de consumo (revolvente y no revolvente) | En créditos hipotecarios | ||||||
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0: Normal | Pago puntual o atraso máximo de 8 días calendario | Pago puntual o atraso máximo de 30 días calendario | ||||||
1: Problemas potenciales | Atrasos en el pago, de 9 a 30 días calendario | Atrasos en el pago, de 31 a 60 días calendario | ||||||
2: Deficiente | Atrasos en el pago, de 31 a 60 días calendario | Atrasos en el pago, de 61 a 120 días calendario | ||||||
3: Dudoso | Atrasos en el pago, de 61 a 120 días calendario | Atrasos en el pago, de 121 a 365 días calendario | ||||||
4: Pérdida | Atrasos en el pago de más de 120 días calendario | Atrasos en el pago de más de 365 días calendario |