El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) reglamentó la ley de pensión mínima para afiliados de AFP.
Los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que, de forma voluntaria, se acogen a esta ley, podrán acceder a una pensión mínima desde un monto similar a la canasta básica de consumo, la cual hoy es de S/ 378.
En esta línea, analistas del sistema financiero proyectan que un afiliado debería acumular un fondo de, por lo menos, S/ 85,000 para disponer del excedente de sus aportes al momento de su jubilación (65 años).
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- Según la norma, será la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS) la que apruebe los lineamientos pertinentes sobre el procedimiento para que aportante se sumen a la pensión mínima.
- Asimismo, este proceso operativo comprenderá que cada AFP informe a sus afiliados sobre las características de la pensión mínima y el cálculo de dicho saldo mínimo de jubilación requerido, el cual se irá ajustando por modificaciones en la composición del grupo familiar del aportante u otros factores.
- El monto proyectado podría variar en línea con cambios en la canasta básica, la inflación, el costo de vida, además por la rentabilidad de los fondos que tendría impacto en el monto acumulado que necesita de acuerdo con la pensión elegida, comentó Giovanna Prialé, presidenta de la Asociación de AFP.
Por su parte, Edmundo Lizarzaburu, docente de Administración y Finanzas de la Universidad ESAN, sostuvo que el monto previsto para la pensión mínima continúa siendo bajo, incluso comparado con el que reciben en el sistema público (S/ 500).
“Si bien se evaluará el grupo familiar, se hubiera pensado en al menos una remuneración mínima vital que asciende a S/ 1,025, pues claramente este valor -de canasta básica- no cubre los temas reales considerando los precios actuales de los productos”, advirtió.
Así, sugirió analizar el impacto que tendría esta medida, inicialmente, en las personas cercanas a la edad de jubilación que podrían acceder a una pensión mínima y eventual retiro del excedente en el muy corto plazo.
Según un informe de la SBS, del total de afiliados que cuentan con el capital para una pensión mínima equivalente a una canasta básica, el 86% percibe remuneraciones por encima de los S/ 2,000.
Además, advierte que mientras subsista la posibilidad del retiro de hasta el 95.5% del saldo previsional del aportante, la ley no tendría los efectos deseados en cuanto a constituir un incentivo para establecer metas de ahorro para la jubilación, pues la mayoría de afiliados prefiere disponer de su dinero al salir del mercado laboral (65 años).
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