¿Cómo retirar el 100% de fondos de la CTS? Foto: GEC.
¿Cómo retirar el 100% de fondos de la CTS? Foto: GEC.

Hoy 31 de diciembre vence el plazo para retirar el 100% de los fondos de la , aprobado excepcionalmente por la crisis económica que afronta el país desde la pandemia por

Con la publicación del Decreto Supremo Nº 003-2024-TR, el amplió la libre disponibilidad del 100% de los fondos de la CTS desde el pasado 27 de mayo solo hasta hoy.

“A partir de mañana, primero de enero de 2025, vuelve a regir una norma vigente desde el 2015 que solo permite retirar el excedente de cuatro sueldos brutos. Si tu sueldo es de S/ 3 mil, solo podrás hacer un retiro si tienes el excedente de S/ 12 mil”, señala Jorge Carrillo Acosta, experto en educación financiera.

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¿Cómo retirar la CTS?

  • Retiro directo en la entidad financiera: Puedes acercarte personalmente al banco, caja municipal o institución donde se encuentran tus depósitos de para solicitar el desembolso.
  • Transferencia digital: Si prefieres evitar trámites presenciales, puedes realizar la solicitud por canales digitales. Las entidades financieras están obligadas a procesar la transferencia hacia la cuenta bancaria, cooperativa o plataforma de dinero electrónico que el trabajador indique, en un plazo máximo de dos días hábiles tras recibir la solicitud.
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¿Quiénes acceden al retiro de la CTS?

“La CTS es una especie de autoseguro de desempleo para los trabajadores en planilla a tiempo completo y que debería servirte para poder solventar la posibilidad de quedarse sin un trabajo con lo cual deberías retirar el dinero si es estrictamente necesario”, agregó Carrillo Acosta.

  • Trabajadores del sector privado bajo el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de CTS.
  • Empleados de empresas estatales sujetos al régimen laboral de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, es decir, que tienen beneficios laborales como CTS, AFP, entre otros.
  • Servidores civiles de entidades públicas bajo los regímenes laborales del TUO del Decreto Legislativo Nº 650 o la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.

Es importante verificar con tu empleador o entidad financiera si estás comprendido en alguno de estos regímenes para evitar contratiempos.

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