
El plazo para que las empresas depositen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) venció el pasado 15 de mayo. Si eres trabajador del sector privado y aún no has recibido este abono en tu cuenta bancaria, es importante que conozcas tus derechos y las acciones que puedes tomar, así como las sanciones que podrían aplicarse a tu empleador.
El depósito de la CTS es una obligación legal y su incumplimiento constituye una infracción grave, con multas que pueden ser significativas según el tamaño de la empresa, explica Jimmy Huatuco, jefe de proyectos de Buk Perú.
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¿Qué hacer si no recibiste tu CTS?
- Consulta con tu área de recursos humanos o empleador para verificar si hubo un error administrativo.
- Si no recibes una respuesta satisfactoria, puedes presentar un reclamo ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
- Guarda toda la evidencia de tu vínculo laboral y consulta si estás en planilla.
Multas por incumplimiento
Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), el no depósito de la CTS genera las siguientes sanciones:
- Pequeñas empresas: de 0.45 a 4.50 UIT, entre S/ 2,408 y S/ 24,075.
- Medianas y grandes empresas: desde 1.57 hasta 26.12 UIT, es decir, entre S/ 8,400 y S/ 139,742.
¿Qué cambios trae la CTS este año?
El Congreso aprobó recientemente una ley que permite retirar el 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2026. Luego de ese plazo, el acceso será solo parcial. Además, en casos de enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer, se podrá retirar el total de los fondos.
“La CTS no es un bono, es un fondo de protección frente a una eventual pérdida del empleo. Las empresas que no cumplen afectan directamente la estabilidad económica de sus trabajadores”, agrega Huatuco .