El pleno del Congreso aprobó el pasado viernes una norma que establece algunas restricciones al uso de la información que proporcionan las Centrales Privadas de Información de Riesgo (CEPIR).
Según el dictamen, ahora la calificación crediticia de un candidato a un puesto de trabajo no podrá ser requisito excluyente o descalificador de su participación en cualquier fase de la convocatoria, por considerarse un acto discriminatorio.
Por ello se limita la utilización del récord crediticio generado por las centrales de riesgo privadas, como Equifax (Infocorp), Sentinel (Experian) y Xchange, como criterio de elegibilidad en el mercado laboral.
La información que recogen las centrales de riesgo no solo se limita a la de los bancos, sino que también toma en cuenta el comportamiento de pago de las obligaciones comerciales, de los impuestos, de las empresas de telecomunicaciones, entre otros, detalló Jorge Olcese, experto en riesgo crediticio.
Tal información solo podrá ser usada en la contratación laboral que efectúen instituciones del sistema financiero, del mercado de valores y de las áreas de contabilidad y finanzas de entidades públicas y empresas privadas.
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En la exposición de motivos de la iniciativa se citaron ejemplos de entidades públicas y compañías privadas que solicitaron como requisito para un puesto de trabajo el no estar reportados en una central de riesgo.
Si un empleador desea revisar el récord crediticio de los candidatos a un trabajo deberá de obtener primero el permiso por escrito de los postulantes, dice el dictamen aprobado.
¿Centrales de riesgo emiten juicios de valor?
Se dispone también que los reportes de crédito de las centrales de riesgo no contengan juicios de valor, dictámenes u opiniones que sean de naturaleza subjetiva referidos al titular de la información.
Rolando Castellares, socio de Castellares Abogados Consultores, refirió que tales reportes van acompañados de “semáforos” de colores (rojo, ámbar o verde) que grafican la situación crediticia del deudor. “Pero eso no es un juicio de valor porque corresponde a determinadas situaciones del cliente”, opinó.
Olcese coincidió en que hoy las centrales de riesgo no hacen ni emiten juicio de valor en sus reportes. “Solo informan sobre saldos de deudas, si se ha amortizado o no, e historias del comportamiento de pago”, enfatizó.
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En el sistema financiero, ya existe la posibilidad de que el empleador acceda a la calificación crediticia de sus trabajadores, dijo Castellares. La regulación vigente prohíbe que los bancos tengan empleados morosos, afirmó.
“Para un empleador es importante saber que su trabajador no está asfixiado por deudas, pues eso puede afectar su rendimiento o generar riesgos en el mismo centro laboral”, explicó Castellares.
La central de riesgo, sea privada o pública (SBS), es una especie de vitrina para el comportamiento de pago de los deudores, resaltó Olcese. “Obliga a que seamos buenos pagadores y buenos sujetos de crédito”, añadió.