El Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Jorge Mogrovejo, conversó con Gestión sobre la ley que permite la emisión de tarjetas de crédito de las cajas municipales sin autorización previa de ese organismo regulador.
¿Cuándo estaría disponible el reglamento para las tarjetas de crédito de cajas municipales?
No hay nada que reglamentar, no esperen que la Superintendencia reglamente esta ley porque ya existe un marco a aplicar por cualquier banco o financiera que, estando autorizada por norma, desea lanzar un nuevo producto al mercado.
¿Desde cuándo está dicho reglamento?
Desde el 2012. Es una circular para la presentación de un informe de riesgos por el lanzamiento de nuevos productos o cambios importantes en el ambiente de negocios, operativo o informático de una entidad.
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¿No se debe esperar alguna respuesta o acción de la SBS?
Las cajas ya no requieren que la SBS los autorice, si quieren lanzar su tarjeta de crédito lo pueden hacer hoy mismo. Eso sí, tienen 10 días para mandar el informe con la descripción de su producto al regulador, como lo indica la circular.
¿Qué función tiene dicho reporte?
No es una autorización, porque las entidades lo envían en los siguientes 10 días desde el lanzamiento de su nuevo producto. Aquí detallan el proceso operativo, canales de atención, mercado objetivo, riesgos o si hubiera cambios del negocio. Lo mismo harán las cajas cuando emitan su tarjeta de crédito.
Si detectan algún riesgo, ¿pueden suspender el otorgamiento de tarjetas?
No. Si la SBS llega a ver faltantes severos o deficiencias muy grandes, solo enviará sus observaciones y comentarios a la financiera. Puede ser que la misma empresa encuentre que su nuevo producto representa un riesgo.
En este caso, ¿si la caja decide continuar con la emisión del plástico pese a observaciones?
Imagina el riesgo y responsabilidad de los directivos, gerentes y comité de riesgos de una entidad financiera que, habiendo lanzado un producto, recibe una advertencia de la SBS y decida continuar. Eventualmente, podría traerles pérdidas a ellos o al cliente.
Nueve cajas cumplen con requerimientos de la ley para tener tarjeta de crédito. ¿Todas estarían listas para hacerlo?
Eso debería consultarse a cada una de ellas. Con la ley, ahora las nueve lo pueden hacer. Pero también es una pregunta que debe hacerse cada comité de riesgo sobre si su producto tiene todas las políticas de riesgo, infraestructura y tecnología. Si no tiene eso, el comité estaría cometiendo una imprudencia.
Si cajas crecen muy rápido en tarjetas, consumirán su capital
¿Las cajas tienen suficiente respaldo patrimonial?
Va a depender del volumen de operaciones. Las cajas y bancos tienen diversidad de productos y frente a todo ello tienen capital. Si las cajas crecen muy rápido en sus tarjetas de crédito, van a consumir su ratio de capital, pero si lo manejan como el resto de sus productos, lo preservarán.
Las cajas argumentan un buen manejo de riesgo porque registran una morosidad controlada…
Eso no es comparable. No se puede decir que como la mora actual en sus productos de crédito es baja también lo será en la tarjeta. La morosidad que tiene cualquier entidad es de productos que maneja y conoce. Que siga controlada va a depender del segmento al que se dirige y la calidad de su gestión de riesgo.
Ellas se enfocan en mypes y créditos de consumo…
Lo que sucede es que no hay producto “per se” riesgoso. Riesgoso es que una empresa aborde un producto sin estar preparada. Cuando se tiene una buena originación, procedimientos adecuados y personal entrenado, se puede llevar una buena gestión.
¿Continuará el procedimiento simplificado para que cajas emitan tarjetas con la autorización de la SBS?
No, ya no tiene sentido un proceso acelerador si con la ley pueden emitir tarjetas automáticamente. Desde su publicación, en abril del 2021, no hubo otra solicitud presentada más que la de Caja Cusco.
Las cajas aluden que el proceso aún resultaba complejo…
Cómo puede ser complejo si se les pedía lo básico, que contaran con sistemas informáticos que soporten su operación. Que no los tengan es como meterse a hacer transporte público sin revisión técnica del vehículo; entonces no lo debería hacer. Pudieron haberse presentado al procedimiento simplificado y verificar si estaban listas.
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