El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) aprobó el reglamento de los niveles de calidad de los servicios de pago interoperables, con el objetivo de establecer estándares claros y procedimientos detallados para garantizar la eficiencia de estas transacciones.
Así, las entidades reguladas deberán medir los indicadores clave de desempeño durante la provisión de los servicios de pago y tendrán que proporcionar al BCRP los resultados, además de cumplir con el estándar establecido en los acuerdos.
Los lineamientos que indica el reglamento serán implementados por los gestores de directorio y procesadores de pago.
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¿Qué pasará si las billeteras interrumpen sus servicios?
La norma establece que las billeteras digitales o banca móvil no podrán interrumpir o restringir la provisión del servicio de pago interoperable, salvo en casos de mantenimiento programados, correctivos o de emergencia. Estas interrupciones serán comunicadas antes del inicio de su ejecución a los gestores y proveedores de directorios.
De incumplir con lo dispuesto en esta circular, el BCRP precisa que será considerada una infracción grave. Lo será también la no disponibilidad del servicio interoperable por más de tres horas en un día.
Asimismo, cuando se supere los cuatro mantenimientos correctivos por mes, número máximo permitido, se considerará infracción leve.
Frente a ello, el Banco Central fijó una multa de hasta S/ 51,500 (10 UIT) para quienes cometen una infracción grave. A esto se agregará 1 UIT diaria (S/ 5,150) hasta que el infractor cumpla con la obligación. Pese a que la interrupción del servicio de billeteras sea menor a 24 horas, se asumirá como un día completo, aclara.
Y, en el caso de infracciones leves, la sanción equivale a S/ 25,750 (5 UIT), indica.
Faltas
El BCRP también solicita el despliegue de mecanismos para el control de conteo o numeración de usuarios en sus billeteras, a fin de proteger la información de cada cliente.
En esta línea, las entidades reguladas deberán enviar al emisor monetario datos y reportes de consultas diarias realizadas por los gestores de directorios a los proveedores, así como de las transferencias diarias registradas por los procesadores de pagos.
Además, se enviarán reportes mensuales de los mantenimientos ejecutados, de incidentes y de variación en el número de usuarios.
El envío de esta información diaria fuera de la hora límite establecida, con errores, incompleta o el no envío, se considera una falta al reglamento. Sin embargo, las faltas, individualmente, no son sancionables, aunque dan lugar a la adopción de medidas preventivas.
No obstante, la acumulación de faltas, en número, y dentro del periodo previsto en esta norma, configura una infracción sancionable.
¿Cómo avanza la interoperabilidad?
La fase 1, que inició en abril del 2023, permitió conectar las billeteras de Yape y Plin, aunque continúa en un proceso de maduración, señaló recientemente el BCRP.
La segunda etapa del despliegue de interoperabilidad comenzó en setiembre del mismo año y logró incorporar a los aplicativos móviles de bancos, cajas municipales y financieras. La autoridad monetaria define esta fase como “en proceso de estabilización, aunque con enorme potencial”.
A la par, en julio del 2023, se modificó el reglamento de Interoperabilidad a fin de establecer plazos para sumar a este ecosistema a empresas emisoras de dinero electrónico.
La última etapa sería implementada este año, la que incluirá el ingreso de fintech, bigtech y telcos, anunció el Banco Central.
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Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.
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