La fuerte contracción de la economía por la pandemia del COVID-19 ha golpeado los ingresos de muchas familias y empresas que hoy tienen problemas para cumplir con el pago de sus deudas.
Frente a esta situación, las entidades financieras han venido reprogramando créditos a sus clientes (ver gráficos), pero es muy probable que estas facilidades, que vencen en los siguientes meses, tengan que extenderse por más tiempo.
En este contexto, la Superintendencia de Banca , Seguros y AFP (SBS) emitió una norma que ampliará el abanico de facilidades de pago para los deudores con problemas.
Así, la resolución publicada ayer que modifica tanto el reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero como el de Infracciones y Sanciones de la SBS, establece un marco para que la banca no solo siga reprogramando créditos sino que, además, ofrezca más opciones a los deudores afectados en su capacidad de pago.
Necesidad
A partir del próximo 30 de agosto próximo, cuando entra en vigencia la resolución de la SBS, las entidades financieras tendrán que otorgar a cada cliente en problemas alternativas de pago de acuerdo con sus necesidad.
Así, se ofrecerá la reducción temporal o permanente de las tasas de interés; la condonación de intereses vencidos, comisiones o gastos; la postergación de cuotas o su prorrateo en periodos posteriores, o la extensión del plazo del crédito a fin de reducir el monto de las cuotas periódicas. Incluso pueden haber otras facilidades que establezca cada banco.
8.7 millones es el número total de créditos reprogramados por las entidades financieras, según datos de la SBS.
“Las entidades financieras tienen que dar varias opciones a los clientes, esperemos que al menos dos; no se trata de decirles este es el enlatado que te ofrezco”, indicó Socorro Heysen, superintendenta de la SBS. Podría darse, por ejemplo, una extensión del plazo de pago o mantener el plazo pero con una reducción de tasas de interés, dijo.
Las solicitudes para acceder a estas facilidades, que implican modificaciones de contratos, deben ser atendidas o rechazadas por las instituciones financieras en siete días desde que son presentadas por los clientes.
Más ayuda
En ese mismo plazo, deben entregar las propuestas al deudor, que considerarán la evaluación de su perfil.
Los clientes tendrán que comunicar la alternativa elegida (o su rechazo) antes de siete días en el caso de las hipotecas, y de cinco días, para el resto de créditos.
La norma también abre la posibilidad de que la entidad financiera que identifique nuevos problemas de pago de clientes con reprogramaciones, pueda ofrecerles más ayuda. Pero si estos deudores dejan de pagar y no se contactan o no responden a las comunicaciones de su banco no accederán a más facilidades.
Otro aspecto de la resolución de la SBS es la inclusión de una lista de prácticas abusivas del sistema financiero que deben ser eliminadas.
“Entre estas están el cobro de membresía antes que se cumpla el año de vigencia de una tarjeta de crédito, el incremento de la tasa de membresía a la mitad de un periodo, que se hagan cargos más de una vez por incumplimiento de un pago, que se cobre por reponer una tarjeta que ha sido retenida o bloqueada por un cajero automático”, detalló Heysen.
Prácticas abusivas prohibidas en el sistema financiero |
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• Cobro de más de un cargo por incumplimiento de pago por cada ciclo de facturación y tarjeta. |
• Cobro de la comisión de membresía anual antes del año de vigencia de la tarjeta de crédito. |
• Cambios en el monto de la membresía o de las condiciones de su exoneración antes del año de vigencia de la tarjeta. |
• Tratamiento diferenciado en el cobro de intereses entre operaciones revolventes y operaciones a una sola cuota, cuando son pagadas dentro de la fecha de vencimiento. |
• Limitaciones o restricciones, incluyendo el pago previo de la deuda, para migrar a otra tarjeta de crédito, inclusive a aquellas sin membresía. |
• Cobro de cargos por reposición de tarjetas de crédito y/o débito retenidas, anuladas o bloqueadas por causas imputables al banco. |
• Exigir la reposición de la tarjeta de crédito o débito para la cancelación del producto. |
• Condicionar la contratación o modificación de un producto o servicio financiero a la contratación de un producto o servicio adicional de naturaleza diferente. |
Fuente: Resolución SBS N° 1870-2020. |
Prohíben trabas para cambiar de tarjetas
Las entidades financieras tendrán que contar, como mínimo, con una tarjeta de crédito que no cobre comisión de membresía ni otros cargos para acceder a las redes e infraestructura de pagos, según la resolución publicada por la SBS. Además, deberán ofrecer este producto primero, antes de la contratación de cualquier otra tarjeta.
La norma también prohíbe que se pongan limitaciones o restricciones, incluyendo el pago previo de deuda, para migrar a otras tarjetas de crédito, incluyendo las que no cobran membresía.
“La idea es que el cliente pueda elegir y que no le pongan ninguna traba; que si tiene una tarjeta Platinum y se quiere cambiar a una sin cobro de membresía no le digan que tiene que esperar hasta fin de año”, explicó Socorro Heysen, jefa de la SBS.
La semana pasada, BBVA lanzó una tarjeta de crédito que no cobra membresía ni otras comisiones, habiendo colocado de estas 2,600 plásticos. La SBS ahora sancionará el otorgamiento de líneas paralelas en las tarjetas de crédito.