SMV dispuso, a inicios de julio, suspender la autorización de funcionamiento otorgada a Diviso SAF. | Foto: GEC
SMV dispuso, a inicios de julio, suspender la autorización de funcionamiento otorgada a Diviso SAF. | Foto: GEC

A inicios de julio del 2025, la (SMV) dispuso suspender la autorización de funcionamiento otorgada a Diviso Fondos Sociedad Administradora de Fondos.

Esto ante la falta de solvencia económica de ocho que representan el 71% de su capital social, indicador que debe ser garantizado por una empresa para que el regulador permita la continuidad de operaciones.

A fin de preservar la integridad del mercado de capitales y los intereses de los clientes, la SMV suspendió las actividades de la SAF por 30 días calendario.

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Sin embargo, Diviso SAF comunicó -el 19 de agosto del 2025- que la Corte Superior de Justicia de Lima le concedió una medida cautelar que resuelve suspender los efectos de la resolución de la SMV.

Asimismo, dispone que el ente regulador se abstenga de imponer alguna otra medida en contra de la administradora de fondos, por hechos que se deriven de la mencionada falta de solvencia económica de los accionistas observados.

Esto significa que Diviso SAF puede seguir operando con normalidad en la administración de fondos, porque la suspensión de 30 días que le había impuesto la SMV queda sin efecto temporalmente.

También le permite cuidar su reputación y evitar una salida de clientes, mientras se discute el caso en el Poder Judicial.

La SMV indicó que tomó conocimiento de la resolución y que procederá a acatar la medida cautelar dispuesta por la Sala. Si al final se resuelve que el regulador actuó correctamente, la medida impuesta a inicios de julio podría aplicarse.

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