Muchos peruanos dejan dinero abandonado en cuentas de ahorro en el sistema financiero.
La normativa de nuestro sistema financiero señala que los depósitos, títulos valores y otros bienes que permanezcan durante diez años en una entidad del sistema financiero y no hayan registrado ningún movimiento, deben pasar automáticamente al Fondo de Seguro de Depósitos (FSD).
El FSD sirve para devolver los fondos de los clientes de una entidad financiera, en caso de que esta quiebre.
Los depósitos inmovilizados por más de diez años y que pasaron al FSD en el 2021 sumaron S/ 89.5 millones, según datos oficiales de esta entidad. Y la cifra va en aumento, pues triplica a lo registrado el 2020 (S/ 24.6 millones).
Los ingresos del FSD lo constituyen principalmente las primas pagadas por las entidades financieras. El FSD cuenta con un patrimonio total acumulado por más de S/ 6,300 millones, por lo que los ingresos por depósitos inmovilizados resulta marginal. En cambio este dinero en cuentas ‘olvidadas’ sí puede ser importante para las personas que por falta de información no pudieron acceder a él.
Las razones para la falta de movimiento de un depósito bancario pueden ser variadas y van desde la inacción por saldos diminutos, hasta la muerte o ausencia del titular, con el desconocimiento de los herederos o incluso el olvido.
Desde que se creó el FSD en 1999, su normativa dispuso que las entidades financieras deben publicar un aviso en el Diario Oficial “El Peruano” y en uno de extensa circulación nacional, en donde se indique el tipo de activo y se otorgue un plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación para que los titulares o beneficiarios, según correspondan realicen el retiro o cancelación, antes de que estos recursos pasen al FSD.
En octubre del 2020 la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió una resolución la cual dispuso que en el caso de los activos cuyo valor supere una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), además de la publicación del aviso, las empresas deben contactar al titular o beneficiario e informarle sobre la próxima transferencia, a efectos de que puedan llevar a cabo el retiro o cancelación.
“Para esto, las empresas deben emplear medios de comunicación directos que permitan dejar constancia de su realización, tales como: comunicaciones escritas al domicilio del cliente, lo cual debe ser validado con la información del domicilio del titular o beneficiario registrada en el Reniec, correos electrónicos, mensajes de texto, mensajería instantánea y y/o comunicaciones telefónicas”, señala la norma de la SBS.
No obstante, parece que no ha tenido el efecto esperado, pues como indicamos, el registro de depósitos inmovilizados se triplicó en el 2021.
Al respecto Carlos Castro, Decano del Colegio de Economistas de Lima, refirió que haría falta una mayor fiscalización de la SBS para hacer cumplir la normativa, de manera que haya una mayor comunicación de las entidades financieras a las personas sobre la existencia de estas cuentas.
Asimismo, recomendó a las personas que tienen una cuenta en una entidad financiera a siempre informarlo a quienes considera sus herederos, de manera que puedan usar sus fondos en caso de fallecimiento.
La SBS también ofrece a los familiares de un fallecido el reporte de todas las cuentas que tenía en el sistema financiero, a través de su reporte ‘Herederos informados’. Para acceder al reporte de la SBS puede hacer click en este enlace.