En las próximas semanas la Sunat iniciará el proceso de devolución de parte del Impuesto a la Renta (IR) pagado por los trabajadores en el año 2019.
El proceso se dividirá en dos grupos. Uno de ellos corresponde a quienes tendrán una devolución de oficio (automática). En este grupo están comprendidos los trabajadores que solo tienen rentas de 5ta categoria (en planilla).
Carlos Chirinos, Gerente de Orientación y Servicios de la Sunat, explicó que, siguendo una nueva normativa, para estos casos la devolución solo se realizará vía transferencia interbancaria hacia una cuenta de ahorros del contribuyente en una entidad financiera.
Asimismo, subrayó que el depósito no podrá realizarse si el trabajador tiene una cuenta en alguna de las 30 entidades financieras con las cuales el Banco de la Nación no tiene un convenio para realizar estas operaciones.
Esta es la lista de las 30 entidades financieras excluidas para la devolución de impuestos:
La Sunat remarcó que sí podrá realizar el depósito de la devolución de impuestos en cualquier otra entidad financiera que no esté en la lista presentada líneas arriba.
¿Qué alternativa existe para quienes tienen una cuenta en alguna de las 30 entidades excluidas? Chirinos refiere que la persona deberá abrirse una cuenta en alguna otra entidad no excluida.
“Tendrá que abrirse otra cuenta de ahorro. La norma no autoriza ningún otro mecanismo de devolución”, señaló Chirinos a Gestión.pe. Mientras la otra cuenta no sea abierta, la devolución en esos casos quedará en stand-by.
Un caso distinto se dará para el grupo de las devoluciones a solicitud (trabajadores con rentas de cuarta y/o quinta categoría) pues ellos, además del depósito en una cuenta de ahorros, también tendrán la opción de cobrar en el Banco de la Nación vía una Orden de Pago Financiera (OPF) o a través de un cheque.
Registro del CCI
Para realizar la devolución a través de un depósito en la cuenta de ahorros, la persona debe registrar en el portal de la Sunat su Código de Cuenta Interbancario (CCI).
Si la persona cuenta con RUC, para registrar el CCI debe acceder al menú de Sunat Operaciones en Línea, haciendo uso de tu Clave SOL, seguidamente accede a la opción Otras Declaraciones y Solicitudes/Mis devoluciones /Devoluciones y selecciona la opción Cod. Cta. Interbancaria (CCI) – Devoluciones.
Si no cuenta con RUC, para realizar el registro debe acceder a la opción Obtener la Clave SOL por Internet y completar en el formulario los datos requeridos incluyendo su CCI.
Asimismo, para que sea válido el registro del CCI se debe tomar en cuenta que:
-Debe pertenecer a una cuenta en moneda nacional.
-La cuenta debe ser registrada en el Perú.
-No debe corresponder a una cuenta de CTS.
-El titular de la cuenta debe ser exclusivamente el beneficiario de la devolución.
Por otro lado, para conocer desde cuándo iniciará la devolución del impuestos, puede hacer click en la siguiente nota:
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