Si has realizado consumos en restaurantes, hoteles y bares o pagos de servicios no pierdas la oportunidad de contar con la devolución de tus impuestos. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que para el 2022 los gastos deducibles llegarán a un máximo de 3 UIT (S/ 13,800).
Al respecto, Omar Larios, especialista en contabilidad y administración de la UPC, indica que los gastos deducibles son aquellos consumos que realiza una persona natural en restaurantes, hoteles, entre otros indicados por Sunat, para los cuales se debe solicitar un comprobante electrónico (boleta, ticket, recibo por honorarios) en donde se consigne el DNI del consumidor.
“Estos comprobantes ayudan a reducir el pago del impuesto a la renta y que generan una posible devolución de Sunat al consumidor”, apuntó.
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¿Cómo realizar el trámite?
Si deseas dar seguimiento a los gastos deducibles que vas acumulando, dirígete a la página de Sunat con tu clave SOL.
Una vez que conozcas cuánto es el gasto deducible que te corresponde, solicita el trámite de devolución de impuestos (en caso corresponda). Ante esto el especialista recomienda realizar los siguientes pasos:
- Ingresar con tu clave SOL a tu Declaración Jurada Anual del año que corresponda.
- Revisar los datos de la Declaración Jurada Anual de Personas Naturales (Formulario 709).
- Revisar en la última parte de la liquidación en la sección de deducción (de hasta 3 UIT) los comprobantes electrónicos asociados a los gastos deducibles (comprobantes electrónicos solicitados) realizados en el año de la declaración jurada.
- Revisar si se cuenta son “Saldo a favor”, este será el importe a pedir como devolución. Indicar que se solicitará devolución.
- Asegurarse ingresar los datos de su cuenta bancaria personal (código CCI)
- Ingresar al formulario 1649 para que Sunat haga efectivo el trámite de devolución.
- Esperar la respuesta de Sunat en los mensajes del usuario de la clave SOL. Tiene hasta 45 días útiles para contestar.
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¿Qué consumos son descontados en el pago deducible del Impuesto a la Renta?
- Restaurantes, bares, hoteles (hasta 25%).
- Servicios médicos, servicios odontológicos con recibos por honorarios (hasta 30%).
- Servicios profesionales (hasta 30%).
- Alquiler de inmuebles (hasta 30%).
- Aportes a Essalud (hasta 100%).
- Y servicio de guía de turismo (hasta 50%).
Es importante señalar que estos gastos deducibles no son acumulables de un año a otro y pueden perderse.
Asimismo, el trámite debe realizarse antes del vencimiento del plazo de presentación de Declaración Jurada Anual.
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