
Los bancos contarán con criterios específicos para identificar a clientes expuestos a riesgo por fluctuaciones en el tipo de cambio. Es decir, a deudores que no puedan cumplir con el pago de sus obligaciones en moneda extranjera por la apreciación del dólar.
Según el reglamento de la SBS publicado ayer, y que entrará en vigor desde el 1 de enero del 2026, los clientes minoristas (que cuentan con créditos de consumo, a microempresas, a pequeñas empresas o hipotecarios para vivienda) que cumplan al menos una de dos condiciones establecidas por el regulador serán considerados como expuestos a riesgo cambiario.
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El primer requisito es que el total de sus deudas en moneda extranjera en el sistema financiero sea mayor a US$ 2,000. La segunda condición es que más del 20% de los créditos estén denominados en dólares, siempre que estos préstamos por pagar superen los US$ 300.
“La norma anterior era más vaga, quedaba a criterio interno (de cada entidad de crédito). Ahora se han definido los supuestos para que los tome en cuenta tanto el directorio como la unidad de riesgos (de la institución financiera)”, señaló Luis Miguel Garrido, asociado senior del Área Financiera y Corporativa del estudio Rubio Leguía Normand.
“La resolución anterior, que era del 2005, era bastante escueta y general. Solo obligaba a realizar evaluaciones semestrales, y a llevar un control razonable y teóricamente permanente de la exposición al riesgo cambiario y su incidencia en el riesgo crediticio de los deudores”, sostuvo Víctor Valdez, socio en Osorio & Valdez Asociados.
Empresas
La SBS argumenta además que, si bien en los últimos años la dolarización de la economía peruana ha presentado una significativa reducción, dicho riesgo sigue siendo relevante en la gestión de las empresas.
Para estos clientes no minoristas (mediana y gran empresa), también se considerará una exposición al riesgo cambiario cuando la dolarización de sus deudas supere el 20%.
Sin embargo, se excluye a aquellas compañías que entren en la categoría de generador de divisas, es decir, que más del 70% de sus ventas sea en dólares. De igual modo, si se trata de una empresa del sistema financiero o un banco multilateral de desarrollo.
De acuerdo con el BCR, la dolarización de los créditos corporativos es de 52.5% a enero del 2025, mientras que en mipymes es de 10.9%.

Sobre las empresas, además, para las que cuenten con estados financieros actualizados (como las que listan en la BVL), la SBS también incorpora otro criterio: el ratio de cobertura de deuda. Este deberá calcularse con base en el ebitda, la deuda a largo plazo y los gastos financieros.
Si el indicador es menor a 1, se le podrá excluir a la firma como deudor expuesto al riesgo cambiario.
Proactividad
“En el fondo, lo que se busca es tener medido e identificado cómo la variación del tipo de cambio puede afectar a los deudores”, agregó Valdez.
Garrido consideró, por su parte, que se está otorgando una función más proactiva a la unidad de riesgo de la institución financiera. De ese modo, podrá proponer medidas de mitigación como la conversión de los créditos en dólares a soles, o la restricción para el incremento de deuda en moneda extranjera.
“La labor (actual) de la unidad de riesgos es actuar (sobre todo) con base en lo que han visto en las recomendaciones de una auditoría o de la SBS. Pero esta norma le está dando un rol más propositivo”, sostuvo Garrido.
Tanto Garrido como Valdez hicieron énfasis en que el Perú se distingue de otros países de la región por un recurrente uso de dos monedas, lo que expone a los deudores a los vaivenes del tipo de cambio.
El reglamento dispone que la empresa financiera debe actualizar mensualmente la identificación del total de deudores expuestos al riesgo cambiario.
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Motivación
Luis Miguel Garrido del estudio Rubio Leguía Normand refirió que esta norma se emite en un contexto en el que podría aumentar la volatilidad del tipo de cambio por el ruido político que traerían las próximas elecciones generales. Es decir, según el abogado, no solo se trataría de una adecuación a los estándares internacionales de Basilea III. “La SBS estaría buscando además que los criterios por los cuales se clasifica a los deudores sean más homogéneos entre las empresas del sistema financiero”, agregó.

Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.
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