Unos 4.1 millones de peruanos no realizan aportes a su fondo de pensiones pese a estar afiliados a alguna de las AFP, según datos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
En Perú, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) se crearon con un fin de ahorro a largo plazo. Sin embargo, son muchas las personas que cotizan (aportan) solo por determinados períodos, usualmente mientras cuentan con un trabajo dependiente, en el que su empleador realiza los aportes obligatorios al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
Pero cuando pasan de ser trabajadores dependientes a independientes dejan de cotizar a su fondo de pensiones, por lo que este ya no crecerá con aportes, aunque continuará generando rentabilidad, manifestó César Chang, vicepresidente de finanzas de AFP Integra.
Alternativas
Ante esta situación existen cuatro alternativas para que los no cotizantes no desaprovechen el monto ahorrado en su fondo de pensión y puedan hacer uso del mismo, según el ejecutivo.
La primera opción, y la recomendada por Chang, es la de continuar con los aportes aun siendo trabajadores independientes.
“Es bueno que como independiente se siga aportando a la AFP, porque esto genera una rutina de ahorro y permite acumular un fondo para el momento de retiro laboral que protege al afiliado contra invalidez o fallecimiento”, sostuvo.
La segunda alternativa es la de jubilarse mediante el Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) o la Jubilación Anticipada Ordinaria (JAO), para así poder retirar el 95.5% del fondo acumulado.
Edad mínima
El REJA requiere que el solicitante tenga una edad mínima 50 años cumplidos, si se trata de mujeres, y de 55 años, para los hombres. Y deben encontrarse desempleados durante 12 o más meses consecutivos.
En tanto, la JAO establece el mismo tope de edad que el REJA, y además exige que la persona tenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses. Con estas condiciones, el afiliado podrá retirar también hasta el 95.5% de su fondo de AFP.
La tercera opción es la jubilación por edad legal, que puede ser solicitada por el afiliado a su gestora de pensiones al cumplir los 65 años.
Chang sugiere que toda persona debe prever el largo plazo y fijar un objetivo de ahorro para cuando ya no pueda trabajar.
“El ahorro previsional no es una cuenta de ahorros donde voy y retiro mi dinero cuando quiero. El monto ahorrado se retirará solo al momento de su jubilación, antes no”, acotó.
Compra de vivienda
La última opción a la que puede acceder una persona que actualmente no aporta a su AFP pero que mantiene un monto en su fondo previsional, es la del retiro de hasta el 25% para pagar la cuota inicial de la compra de un primer inmueble, siempre que se trate de un crédito hipotecario, o para amortizar un préstamo de ese mismo tipo que haya sido utilizado para la adquisición de una primera vivienda.
En ambos casos, estos préstamos deben ser otorgados por una entidad del sistema financiero.
Según Chang, un afiliado que dejó de aportar por un período y luego de ello vuelve a un trabajo dependiente, volverá a contribuir al mismo fondo y la misma AFP. Dicho fondo, pese a no haber recibido aportes por el lapso en que el afiliado dejó de trabajar como dependiente, continuó creciendo por la rentabilidad ganada con la gestión de inversión de la AFP.
Asimismo, el ejecutivo recomendó que, en lo posible, las personas busquen una disciplina de ahorro previsional a largo plazo, la que pueden encontrar como afiliados activos de una AFP.