Hace unos días la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) anunció un próximo cambio en las normas que regulan la contratación de los seguros de desgravamen.
¿Qué es el seguro de desgravamen? Es un seguro que cubre el pago de la deuda contraída con una entidad del sistema financiero, en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente de la persona que obtuvo el crédito.
Este seguro le sirve a la entidad financiera para cubrirse del riesgo de impago, y también garantiza que los herederos del asegurado sean liberados de la obligación de pago del crédito.
¿Es obligatorio el pago de un seguro de desgravamen al contratar un crédito? Si bien no existe una norma que obligue a las entidades financieras a contratar un seguro de desgravamen, sí están facultadas a fijar como condición para otorgar un crédito el que el usuario tenga la cobertura de un seguro de desgravamen. Y todas las entidades financieras fijan esta condición, por lo que en términos prácticos, para el usuario sí se convierte en obligatorio el contar con la cobertura de un seguro de desgravamen.
Este esquema tendrá un cambio, pues el jefe de la SBS, Sergio Espinoza, anunció que en los próximos días emitirán un proyecto de resolución donde se establecerá que la contratación del seguro de desgravamen solo será obligatorio para el usuario cuando se trate de un crédito hipotecario, debido a que es un préstamo a largo plazo, mientras que en el resto de créditos la contratación del seguro de desgravamen será voluntaria.
El objetivo de la medida es reducir costos a los consumidores, aunque Espinoza admitió que un posible efecto sería el alza en las tasas de interés, para que las entidades financieras compensen el riesgo que ya no será cubierto.
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Al respecto, Carlos Gallardo, gerente general del Instituto Peruano de Economía (IPE), refirió que aún se deberá esperar a que la SBS emita el proyecto de resolución para tener una idea más completa del cambio que se busca.
Pero de lo anunciado por el jefe de la SBS, Gallardo refirió que se puede prever que en adelante, al momento de contratar un crédito, la entidad financiera estaría obligada a ofrecer dos alternativas a los usuarios: un crédito con el seguro de desgravamen (tal como es hasta ahora) y la opción de contratar un crédito sin la cobertura del seguro de desgravamen. En este segundo caso, la tasa de interés a pagar será mayor, por lo que el usuario deberá optar entre ambas alternativas. Ello con excepción de los créditos hipotecarios, donde no será obligatorio para las entidades financieras ofrecer la alternativa sin la cobertura del seguro de desgravamen.
El economista estima que la opción del crédito sin el seguro de desgravamen tendrá una tasa de interés considerablemente superior. “Por ejemplo, si tienes un crédito vehicular a 12% con el seguro de desgravamen, la opción sin desgravamen podría tener el doble de tasa o más. Los bancos tendrán que hacer el cálculo del riesgo, y la tasa será mayor cuando el plazo del crédito aumenta”, refirió Gallardo.
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El economista remarcó que las tasas de interés incluso subirían mucho más para las personas de mayor edad, los adultos mayores, debido a que tienen más riesgo de fallecimiento. “Podrían fijarse créditos con tasas de 200% a 500% para los adultos mayores, productos que ya no tendrán clientes; así como hoy es difícil conseguir un desgravamen para un adulto mayor y hay algunos seguros que no se dan a personas mayores”, sostuvo.
Por su parte el especialista en derecho bancario del estudio PPU, Antonio Guarniz, coincidió en advertir el efecto que se daría con el alza de la tasa de interés para los créditos sin la cobertura de un seguro de desgravamen.
Guarniz estimó que en el balance entre no abonar el seguro de desgravamen y pagar más por intereses, el costo para los consumidores no bajará. “El riesgo de fallecimiento no desaparece, sino que se cambia quién lo asume. Si bien desaparece el gasto por el seguro, la tasa de interés aumentará, por lo que el costo no va a bajar para el usuario, no creo que llegue a pagar menos”, remarcó.
Por otro lado, Carlos Gallardo estimó que en los créditos de corto plazo obtenidos por los jóvenes, como créditos de consumo y tarjetas de crédito, sí podría darse un impacto favorable al usuario, pues tienen un menor riesgo. “En los créditos de muy corto plazo, que se pagan en pocos meses y el riesgo de fallecimiento es bajo, los soles que se dejarían de cobrar sí significarían un ahorro para los consumidores”, anotó.
Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.
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