Es necesario conocer los diversos tipos de jubilación que están disponibles en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) y los requisitos a cumplir.
En este sentido, Profuturo AFP nos recuerda que hay seis modalidades de jubilación y los requisitos que se considera en cada caso, reportó la agencia Andina.
1. Jubilación por edad legal
Puede solicitarla desde el momento en el que cumple 65 años de edad. Con esta modalidad incluso puede seguir trabajando después de jubilarse, sin la obligación de tener que aportar a una AFP. Su pensión dependerá de los aportes que realizó a la AFP y de la rentabilidad que haya generado durante todo ese periodo, y esta situación se repetirá con sus beneficiarios, quienes recibirán una pensión de sobrevivencia ante un siniestro presentado.
2. Jubilación anticipada ordinaria
Este tipo de jubilación aplica para las mujeres y hombres a partir de los 50 años. Además, es importante que tenga un fondo acumulado suficiente para recibir una pensión igual o mayor al 40% del promedio de sus remuneraciones percibidas y declaradas durante los últimos 10 años o 120 meses anteriores a la fecha a la que solicitas su jubilación. Además, debe tener como mínimo 72 meses de aportes en ese mismo período.
3. Régimen especial de jubilación anticipada por desempleo (REJA)
Pueden acceder a esta jubilación las mujeres y hombres desde los 50 años hasta los 65 años de edad, y deben cumplir las siguientes condiciones:
- Estar desempleado y no haber registrado ningún aporte dependiente por un mínimo de 12 meses consecutivos anteriores a la fecha de su solicitud.
- No haber recibido ingresos independientes de cuarta categoría, o haberlos recibido con un monto menor o igual a 7 UIT en los últimos 12 meses previos a la presentación de la solicitud.
Tenga en cuenta que la Sunat facilitará a su AFP el resultado de la evaluación sobre la declaración y pago de impuesto de cuarta categoría que hubiera efectuado en este periodo, con lo que se podrá comprobar la veracidad de la información que brinde.
4. Jubilación por pensión mínima
Esta jubilación aplica si tienes 65 años de edad y tu pensión estimada es menor a la pensión mínima que asegura la ONP, que actualmente es de 500 soles. Además, debes cumplir los siguientes requisitos generales:
- No debes estar recibiendo pensión de jubilación en el Sistema Privado de Pensiones.
- Debes tener 65 años o más al momento de presentar la solicitud y demostrar 20 años de aportes entre los dos sistemas de pensiones, tanto el sistema nacional como el sistema privado. Además, estos aportes deben haber sido realizados sobre la base de la remuneración mínima vital vigente en cada fecha, y deben haber sido pagados en la fecha oportuna para que sean válidos.
5. Jubilación anticipada para trabajadores de labores de alto riesgo
Esta jubilación aplica para las personas menores de 65 años que tienen un trabajo que pone en riesgo su vida; por ejemplo, trabajar en extracción minera subterránea o de tajo abierto, centros de producción minera, centros metalúrgicos y siderúrgicos, ser personas con riesgo de exposición a la toxicidad, insalubridad y peligro, o aquellas comprendidas en actividades de construcción civil.
Hay dos tipos de regímenes dentro de esta jubilación:
Régimen extraordinario: es transitorio y aquí el Estado reconoce un beneficio extraordinario por el aporte que has efectuado durante tu permanencia en el Sistema Nacional de Pensiones.
Régimen genérico: es permanente y está dirigido para los que no califican para el régimen extraordinario. Si buscas adelantar tu edad de jubilación, puedes realizar aportes complementarios en conjunto con tu empleador.
6. Jubilación por enfermedad terminal o cáncer
Para acceder a esta jubilación debe tener un dictamen del Comité Médico de las AFP (COMAFP) o el Comité Médico de la Superintendencia (COMEC), en el cual se determine que tiene una enfermedad terminal o tienes cáncer.
Tenga en cuenta que esta jubilación no aplica si el certificado solo tiene la condición de invalidez, es necesario que figure que tiene una enfermedad terminal o cáncer que reduce la expectativa de vida. Es decir, debe ser una condición patológica grave o avanzada y no tener un tratamiento específico. Si cumple esto y no tiene beneficiarios, también puede acceder al 50% de sus fondos.