Los miembros del directorio serán elegidos de conformidad con las normas y procedimientos que para tal efecto dicte la SBS. (Foto: Congreso)
Los miembros del directorio serán elegidos de conformidad con las normas y procedimientos que para tal efecto dicte la SBS. (Foto: Congreso)
Redacción Gestión

El pleno del aprobó en primera votación la ley para fortalecer funcionamiento de cajas municipales.

Así, se dispone que el directorio de las cajas municipales estará compuesto por 7 integrantes que representarán a la mayoría del Concejo Municipal (2), la minoría del Concejo Municipal (1), COFIDE (1), la Cámara de Comercio (1), el Clero (1) y los Pequeños Comerciantes y Productores del ámbito territorial en la cual opera la CMAC (1) seleccionado por la Confederación Nacional de Comerciantes (CONACO).

No pueden integrar el Directorio los alcaldes, regidores, y quienes no cumplan con los requisitos de idoneidad técnica y moral.

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Los miembros del directorio serán elegidos de conformidad con las normas y procedimientos que para tal efecto dicte la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP ().

Además, la ley precisa que pueden conformar el directorio de una los que hayan sido altos funcionarios públicos y hayan integrado mesas directivas de comisiones especializadas en el sector público, en materia presupuestal, económica y/o financiera.

Otro punto relevante es que el presidente del directorio es elegido por un año y podrá ser reelegido solo por 2 periodos anuales consecutivos.

La vacancia o revocatoria del cargo de director se produce de acuerdo a las normas y reglamentos que emita la SBS.

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