Redacción Gestión

redaccion@gestion.pe

Mediante un decreto emitido hoy, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso las normas para realizar el pago de la bonificación por a los trabajadores del sector público, el cual se ejecutará a fin de mes.

Tal como lo estableció la Ley de Presupuesto Público 2016, el monto será de S/. 400 y lo podrán recibir los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276 y la Ley N° 29944.

También los docentes universitarios de la ley 30220, personal de salud del decreto legislativo 1153, los obreros permanentes y eventuales del Sector Público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, así como a los pensionistas a cargo del Estado.

En tanto que, los trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada percibirán la , conforme al numeral 7.2 del artículo 7° de la Ley N° 30372.

RequisitosPara recibir esta bonificación los trabajadores deben estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

Asimismo, "deben estar laborando con una antigüedad no menor de tres meses y en caso de no ser así percibirán ese beneficio en forma proporcional a los meses laborados", subraya el decreto.

Finalmente, tal como ha sucedido en otros años, la norma reitera que el pago de escolaridad no alcanzan a los trabajadores contratadas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) o que prestan servicios bajo la modalidad de Locación de Servicios.

TAGS RELACIONADOS