Bono de escolaridad es de 400 soles (Foto: Andina)
Bono de escolaridad es de 400 soles (Foto: Andina)

Si bien un grupo de trabajadores del sector público, como los docentes y miembros de las Fuerzas Armadas, obtendrán la para el Año Fiscal 2023, no todos los empleados del Estado recibirán los 400 soles para afrontar parte de los gastos escolares este año. ¿Quiénes tienen derecho a recibir este bono?

El , publicado el 19 de enero en el diario oficial El Peruano, refiere que está bonificación está consignada en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023.

Sin embargo, estas disposiciones no alcanzan a todos los trabajadores. ¿Qué dice la norma sobre los trabajadores del régimen CAS y de la modalidad de Locación de Servicios?

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Personas realizando las compras escolares (Foto: GEC)
Personas realizando las compras escolares (Foto: GEC)

¿LOS TRABAJADORES DEL CAS Y LOCADORES RECIBIRÁN BONO POR ESCOLARIDAD?

No. El Decreto Supremo indica que las disposiciones no son de alcance a las personas contratadas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, o que prestan servicios bajo la modalidad de Locación de Servicios.

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¿A QUIÉNES LES DARÁN EL BONO DE ESCOLARIDAD?

La medida, que está consignada en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, indica que los S/400 les corresponde a:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados del régimen laboral de Ley 29944 (Ley de Reforma Magisterial)
  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados del régimen laboral del Decreto Legislativo 276 (Ley de Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público)
  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados del régimen laboral de la Ley 30512 (Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes)
  • Docentes universitarios comprendidos en la Ley 30220 (Ley Universitaria)
  • Personal de salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público
  • Personal de las Fuerzas Armadas
  • Personal de la Policía Nacional del Perú
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, Decretos Leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091
  • Servidores penitenciarios, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley N° 29709 (Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria)
  • Trabajadores del sector público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada.
Billetes de 100 soles (Foto: Andina)
Billetes de 100 soles (Foto: Andina)

¿CUÁLES SON LOS REQUISTOS PARA OBTENER EL PAGO POR CONCEPTO DE ESCOLARIDAD?

De acuerdo con la norma, para que los trabajadores tengan derecho a percibir la Bonificación por Escolaridad, deben cumplir conde manera conjunta con las siguientes condiciones:

  • Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Tener en el servicio una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista para el pago de la bonificación. En caso de que no cuenten con el referido tiempo, dicho beneficio se abonará en forma proporcional a los meses y días laborados.
  • En caso de que no cuenten con el referido tiempo, dicho beneficio se abonará en forma proporcional a los meses y días laborados.
  • Para el Magisterio Nacional, la bonificación por escolaridad se otorga a los docentes con jornada laboral completa.
  • Para el caso de los servidores comprendidos en regímenes de carrera propia que laboran a tiempo parcial o jornada laboral incompleta (menos de 30 horas pedagógicas a la semana), la bonificación que percibirá es de manera proporcional.

¿CUÁNDO SE PAGARÁ EL BONO DE ESCOLARIDAD A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO?

La norma indica que la la bonificación por escolaridad se pagará, por única vez, en enero del 2023, pero para el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, se hará en junio del mismo año.

¿CÓMO SE HARÁ EL PAGO DEL BONO DE ESCOLARIDAD?

Los trabajadores del sector público recibirán el pago en la planilla en el mes que les corresponde el pago, sea enero o junio del 2023.