
El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) modificó el reglamento sobre los niveles de calidad de los servicios de pagos interoperables a fin de que el ecosistema de pagos digitales continúe funcionando de modo eficiente.
Así, el instituto emisor ha dispuesto que las entidades reguladas que cometan determinadas infracciones, como interrupciones en el servicio y deficiente desempeño, tendrán que suspender el servicio de pagos inmediatos.
El mercado de pagos es uno de los activos más importantes que tiene el Perú, por lo que las entidades involucradas y el Banco Central deben velar por la continua disponibilidad del servicio, dijo a Gestión Luis Miguel Garrido, asociado senior de Rubio Leguía Normand.
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“Si una plataforma de pagos registra reiterados incumplimientos, significa que no está funcionando adecuadamente; no se puede utilizar en la mitad de las veces o tiene serios problemas que debe corregir. Por eso, el BCR le ordena suspender el servicio”, manifestó.
Infracciones
Según la norma, se establecen como infracciones la no disponibilidad del servicio interoperable por más de dos horas, continuas o acumuladas en un día, así como registrar indicadores clave de desempeño (ICD) de efectividad y rendimiento por encima del 30%.
El indicador de efectividad mide el porcentaje de intentos no exitosos en la realización de transacciones mediante billeteras digitales, mientras que el de rendimiento calcula la rapidez en la ejecución de las operaciones.
La suspensión de los pagos mediante número de celular o código de cuenta interbancario se aplicará a las entidades (bancos o fintech) que cometan 21 veces las infracciones antes mencionadas en un lapso de 90 días.

Impacto
Álvaro Castro, socio de Damma Legal Advisors, considera que esta norma es parte del proceso de desarrollo regulatorio en materia de pagos que viene impulsando el BCR. “El uso de billeteras digitales ya es masivo y el banco central reconoce eso, sabe que no pueden dejar de funcionar porque mucha gente se quedaría sin poder realizar transacciones diarias”, expresó.
Sin embargo, lo preocupante de esta norma es la suspensión del servicio y el impacto que esto pueda tener en el ecosistema de pagos, advirtió.
“No dice el plazo en que quedará inhabilitado el pago entre bancos para esa entidad, no define un plazo máximo para que la billetera tome medidas correctivas, mientras tanto seguirá suspendido”, manifestó.
La circular precisa que, para volver a ofrecer servicios de pagos inmediatos, la entidad suspendida deberá remitir al Banco Central un informe técnico, con carácter de declaración jurada, en el que se detalle las medidas correctivas implementadas y se muestre la subsanación de las condiciones que originaron la suspensión.
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Yape y Plin
“Es una norma lógica; si se establecen estándares de servicio debe haber una sanción real para que los actores cumplan, sino sería un saludo a la bandera. Pero hay que ser cuidadoso con algunas billeteras que representan riesgo sistémico, por ejemplo Yape o Plin, que tienen millones de usuarios”, enfatizó.
Por su parte, Garrido sostuvo que si bien se establecen mayores exigencias para garantizar la eficiencia en las transacciones con billeteras móviles, son, hasta cierto punto, algo flexibles. “Para ser suspendido deber incumplir las reglas más de 21 veces en tres meses; es un poco difícil que suceda algo así”, sostuvo.
Además, la norma del BCRP fija multas que llegan hasta los S/ 642,000 (120 UIT).

Sanciones más severas
La circular del BCRP tiene como objetivo fortalecer la seguridad, eficiencia e interoperabilidad del sistema nacional de pagos, indica Vodanovic Legal.
De esta forma, la modificación busca que los pagos digitales sean más confiables, rápidos y accesibles, y asegurar que las entidades reguladas cumplan con estándares rigurosos en sus servicios de pagos interoperables, menciona.
Detalla que se incorporan nuevas faltas, como el incumplimiento de los Acuerdos de Nivel de Servicio (ANS) de frecuencia diaria.
Además, precisa que la no disponibilidad del servicio interoperable ahora se considera una infracción si supera dos horas, continuas o acumuladas en un día, en lugar de tres horas como lo establecía el reglamento.
Se establece que las infracciones por interrupción del servicio y por incumplir el mandato de suspensión se sancionan con 5 UIT diarias hasta que el infractor cumpla con la obligación, con un tope máximo de 120 UIT. En el reglamento solo se aplicaba 1 UIT diaria, indica Vodanovic.
- Billeteras. Yape tiene 14 millones de usuarios activos, lo que represente el 69% de la población económicamente activa del Perú. En tanto, solo PlinBBVA contaba con 3.6 millones de usuarios al cierre del año pasado.
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Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.