Con 11 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República aprobó enviar al archivo el predictamen del proyecto que modifica la ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros.
¿Qué proponía la iniciativa? El texto presentado por el parlamentario Juan Carlos Mori, de Acción Popular, establecía que la entidad financiera devolviera de oficio la totalidad del seguro de desgravamen al cliente el momento que cumple con el pago del total de la deuda pactada.
Asimismo, el cliente podría optar libremente por la contratación de un seguro de desgravamen a través de la entidad financiera o con la empresa de seguros que elija. Si el cliente optaba por contratar el seguro de desgravamen con una empresa de seguros independiente de la entidad financiera, ello no generará comisión o gasto adicional para el cliente.
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Por último, el dictamen también incorporaba que la entidad financiera -bancos, cajas municipales, entre otros-, ante la presentación del documento que acredite el deceso o la invalidez total y permanente del asegurado por los derechohabientes o de tercero legitimado, activa inmediatamente el seguro de desgravamen para la cubertura del bien que constituye garantía del crédito por el monto del saldo insoluto de la deuda del asegurado y libera de la obligación de pago del crédito a sus derechohabientes.
Según informó la comisión, la Superintendencia de Banca y Seguros, la Cámara de Comercio de Lima, Indecopi, así como del Banco Central de Reserva del Perú, presentaron su opinión en contra de la iniciativa, pues la propuesta ya estaría regulada en la actual legislación, argumento que fue considerado por la Comisión por lo que aprobó su archivamiento.
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“La propuesta eliminaría la posibilidad de tener un seguro estándar y desnaturalizaría la naturaleza del seguro, dado que el contrato se rige por el principio de mutualidad. Ello podría generar que las primas de seguro de desgravamen suban su valor en el mercado”, indicaron.
Cabe mencionar que la ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros se aprobó a fines del 2021. A raíz de la norma, la SBS informó que desde agosto último, las entidades financieras aprobarían dos productos de desgravamen, pero solo uno de ellos incluiría la devolución de una parte de la prima pagada (a través del componente de supervivencia).
En ese momento, la SBS explicó que no se podría establecer una modalidad en la cual se devuelva el 100% del seguro de desgravamen, pues no habría cómo sacar los recursos para pagar los siniestros.
El predictamen también se encuentra en agenda de la Comisión de Economía del Congreso.