Tras la reforma del sistema previsional, el Congreso pretende incluir una serie de modificaciones normativas a fin de aumentar las pensiones de orfandad que perciben los hijos con discapacidad.
A través del PL 10231/2024-CR del legislador Edgard Reymundo (BDP) se busca gestar “pensiones equitativas” para los peruanos con discapacidad sin distinguir el régimen previsional al que esté suscrito (ONP o AFP).
Así, se añadiría un apartado al artículo 58 de la Ley General de la Persona con Discapacidad para que los hijos con discapacidad mayores de edad, que acceden a una pensión de orfandad, perciban un equivalente al 50% de la pensión del titular.
Dicho monto no deberá ser menor al 50% de la pensión mínima establecida en la ley de reforma del sistema de pensiones (Ley N° 32123). Y, los beneficiarios, tendrán que estar acreditados en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).
“Apunta a los que reciben pensión de orfandad y cuyos titulares están en distintos regímenes previsionales como la 19990 (Sistema Nacional de Pensiones), la 20530 (Cédula Viva), particulares (AFP) o el militar policial”, comentaron desde el despacho de Reymundo a Gestión.
El otro apartado del artículo 58 de la Ley de la Persona con Discapacidad no se modificará: la persona con discapacidad mayor de edad, beneficiaria de una pensión de orfandad bajo un régimen, no es afectada en el cobro de su pensión cuando reciba un pago o ingreso asegurable no mayor a dos RMV. Tampoco se considera la prohibición a la doble percepción de ingresos por empleo público.
LEA TAMBIÉN: Sunafil pone en el radar a las planillas para verificar cumplimiento de inclusión
Reymundo alega en su exposición de motivos que una persona con discapacidad severa, con el pilar no contributivo de la reforma del sistema previsional, apenas percibe una pensión de S/ 150 mensuales: dicho monto se obtiene del 25% de la pensión mínima vigente (S/ 600).
Además, insiste en la necesidad de subir las pensiones para este grupo de ciudadanos ya que las barreras para su inserción sociolaboral son más elevadas: de más de 1.5 millones de peruanos con discapacidad, el 44.4% participa activamente en el mercado laboral pero el 87% está sometida a la informalidad. Por ende, apenas un 21% aporta a la ONP o AFP para su vejez.
“Es vista en ocasiones como una desventaja (...) La entrega de dinero por parte del Estado busca complementar el esfuerzo que realizan no solo las personas mismas sino las familias por cubrir la canasta de gasto de una persona con discapacidad, ampliada muchas veces por requerimientos de salud u otras necesidades”, reza el proyecto de ley.
LEA TAMBIÉN: ¿Fin de la herencia forzosa? La propuesta que podría transformar quién hereda en el Perú
Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.