
En más de una ocasión se han registrado casos de ciudadanos afectados por la explosión de buzones eléctricos, huecos en las pistas o desplome de infraestructuras urbanas. Lo cual, da pie a la siguiente interrogante: ¿yo debo asumir los gastos de esos accidentes o puedo recibir una indemnización o reparación civil? Especialistas explican a Gestión qué dice la ley respecto a los perjuicios causados en la vía pública.
Jorge Danós, socio del Estudio Echecopar, comenta que todo accidente en la vía pública producto de la mala señalización, mantenimiento o conservación de un determinado espacio, puede ser demandada por la persona afectada.
Dicha premisa está planteada en el artículo 260 de la Ley del Procedimiento Administrativo —desglosa para Gestión— ya que se regula la responsabilidad extracontractual y civil de la administración pública.
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¿Bajo qué escenarios se puede exigir reparación por daños en la vía pública?
De acuerdo con Christian Delgado, socio en Delgado Abogados, al referirnos de accidentes en la vía pública nos enfrentamos “a una diversidad de eventos lesivos o dañosos”. A continuación, unos ejemplos:
- Accidentes o daños por mala infraestructura urbana. Producidos por mala condición de veredas, pistas, caminos, puentes, caída de árboles o accidentes en parques por malas condiciones de los mismos.
- Por mala condición o riesgo de servicios públicos. Supongamos que nos encontramos ante buzones de agua o alcantarillado abiertos o en malas condiciones, medidores de agua sin su recubrimiento o tapa de metal, cables sueltos de antenas o postes, medidores de electricidad descuidados, tomas o conductos de gas natural en la vía publica en condiciones deplorables o riesgosas, entre otros.
“En este caso, si bien estamos en la vía pública, el elemento diferenciador del supuesto anterior es la concurrencia de responsabilidades entre la entidad edil y, precisamente, la empresa que opera, administra y/o gestiona el determinado servicio público y sus instalaciones sin las garantías de seguridad o cuidado”, puntualiza.

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- Empresa privada. Será responsable, de forma individual o solidaria, según sus alcances y participaciones en las infraestructura u obras de servicios públicos licitados o concedidos. Caso: un buzón del servicio de alcantarillado fue mal instalado o negligentementes descuidado. Ello supondrá responsabilidad de quien tiene el deber de cuidado en tales servicios.
Sepa cómo exigir una reparación civil o indemnización
Jorge Danós señala que, conforme al marco legal, la vía adecuada es el proceso contencioso administrativo ante el Poder Judicial tras el accidente o daño causado en la vía pública, pero, aunque no esté contemplado en la norma, lo recomendable es que primero el ciudadano acuda a la municipalidad o entidad pública responsable para exigir la indemnización.
“Debe llevar las pruebas del caso, como fotos, videos o grabaciones. Si hay negativa o silencio al acercarse al municipio, tiene la via abierta para presentar la demanda contenciosa administrativa ante el Poder Judicial”, añadió.
El letrado recuerda que el plazo para imponer la demanda contenciosa administrativa es de tres meses desde que la municipalidad o entidad no admitió su responsabilidad. No obstante, lamenta que en Perú no existan “antecedentes” o “una cultura” para imponer reparaciones civiles por daños generados por la administración pública.
“Así uno gane (en la vía judicial) hay todo un vía crucis para poder cobrar. Es muy difícil cobrarles a las municipalidades o funcionarios, son procesos que demoran hasta seis años y exige toda una inversión”, relató.
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Por su parte, Delgado resalta que independientemente si es en la vía pública o no, el Código Civil establece dos años para solicitar una indemnización por responsabilidad extracontractual.
“También servirán las declaraciones del sujeto afectado y de testigos presentes, así como las pericias o exámenes técnicos sobre el bien afectado y pericias médicas sobre el daño producido a la salud e integridad de la persona afectada”, añadió.
Finalmente, argumenta que en el Perú aún existe una “fuerte raigambre jurisprudencial” de imponer indemnizaciones sin parámetros técnicos o cuantificativos, mientras que en países como Italia o Francia, hay “tablas o tarifarios” que comprenden los parámetros por diversos daños a la persona.

Periodista con más de 5 años de experiencia en la cobertura de coyuntura económica e informes especiales en prensa escrita y digital.