En el episodio de hoy, Adolfo Morán, Abogado Senior del área de Regulación Financiera y FinTech de EY Law y Wilfredo Mego - Gerente de Impuestos de EY Perú, nos hablarán sobre las implicancias tributarias del Metaverso, activos virtuales, NFT y más.
En octubre del año pasado, Marck Zuckerberg, creador de Facebook, reveló al mundo sus planes de incursionar en el Metaverso, tomando la decisión de cambiar el nombre de su compañía a Meta. Este fue el punto de partida del reciente impulso e interés empresarial que han tenido los diversos metaversos existentes.
Es completamente normal escuchar sobre estrategias empresariales enfocadas en el desarrollo de modelos de negocio dentro de metaversos. Colaboraciones empresariales entre grandes marcas para convertir sus productos en representaciones virtuales adquiribles en el metaverso, reuniones de directorio y capacitaciones al personal en oficinas virtuales, colecciones especiales de NFT, así como experiencias inmersivas, son acciones empresariales cada vez más comunes hoy en día.
El metaverso se ha convertido en este nuevo espacio virtual en donde comienzan a interactuar, personas, compañías y organizaciones, efectuando contrataciones y transacciones comerciales. De acuerdo con un Bloomberg Intelligence, el metaverso podría representar un mercado de US$ 800 mil millones de dólares para 2024.
Sin embargo, la innovación que plantea el metaverso trae consigo también nuevos retos legales y tributarios que debemos abordar de manera especializada. Por eso, en Dinámica Financiera abordamos las implicancias legales del metaverso en una serie de episodios junto con especialistas sobre distintos temas.
Adolfo hace la siguiente pregunta: Wilfredo, ¿Por qué hablar de tributación en el metaverso?
Wilfredo comenta que hablar de tributación es importante cuando nos encontramos frente a la implementación de nuevos modelos de negocio, y sobre todo si llevan asociados factores tecnológicos que puedan hacer más complejo el entendimiento de sus implicancias fiscales.
El metaverso ofrece grandes posibilidades para el desarrollo de negocios (hacer compras, ofrecer servicios de publicidad, implementar servicios de consultoría, realizar la venta de tokens no fungibles o NFT, entre otros.), y por lo tanto para la generación de ingresos para sus usuarios. Por ejemplo, las grandes marcas de lujo y de tecnología están iniciando a incursionar en el metaverso al proyectarse como una lucrativa fuente de ingresos.
En dicho contexto, la tributación se convertirá en un componente importante al momento de que una empresa se plantee iniciar operaciones en el metaverso; además, que desde la perspectiva del Estado tarde o temprano se verá en la necesidad de implementar medidas fiscales orientadas a fiscalizar y gravar dichos rendimientos.
Adolfo realiza otra pregunta: Wilfredo, en esa línea ¿Cuáles serían los principales retos que afrontarían las Administraciones Tributarias para fiscalizar y gravar las operaciones realizadas en el metaverso?
Al día de hoy sigue sin estar totalmente claro el panorama global sobre la tributación de las criptomonedas y tokens no fungibles (NFT), ya que su tratamiento requiere su categorización en base a un análisis de las normas internas de cada jurisdicción; a ello se agregaría una complejidad adicional derivada de su interacción con el metaverso.
Wilfredo responde: “Considero que los principales retos para los Estados son determinar si se puede establecer adecuadamente el tratamiento tributario de dichas operaciones aplicando el marco normativo tributario existente o si será necesario implementar cambios, además de establecer mecanismos idóneos que permitan fiscalizar y gravar dichas operaciones, de ser el caso. Al respecto, la OCDE ha venido emitiendo recomendaciones para abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía; sin embargo, deberá evaluarse si estas permiten abordar las implicancias fiscales asociadas a las operaciones en el metaverso”.
En la actualidad se está abordando con más frecuencia el tema de los aspectos tributarios asociados a las operaciones con criptoactivos, se ha convertido en una preocupación tanto para los usuarios como para las Administraciones Tributarias. Desde la perspectiva tributaria ¿Por qué cuando hablemos de metaverso será necesario hablar también de criptoactivos?
El metaverso está fuertemente interrelacionado con las criptomonedas y los tokens no fungibles (NFT), ya que los primeros se usan para realizar transacciones que usualmente se encuentran asociadas a un NFT dentro de este entorno digital.
Además, actualmente uno de los principales puentes entre el metaverso y la realidad vendría a ser la conversión de las criptomonedas obtenidas por operaciones en el metaverso a dinero FIAT, hecho que tendría un impacto tributario para el transferente o adquirente de acuerdo a las normas tributarias de cada jurisdicción.
De ahí que desde una perspectiva tributaria hablar de tributación en el metaverso trae consigo entender la operatividad y funcionamiento de los criptoactivos y sus consecuencias fiscales; así como los retos que estos representan para las Administraciones Tributarias.
En esa línea, quizá como punto de inicio sería importante que se delimite las implicancias fiscales de las operaciones realizadas con criptoactivos. En el Perú, a diferencia de lo que sucede en otros países de la región, aún no contamos con normas tributarias o pronunciamientos por parte de la Administración Tributaria sobre este tema. De ahí que el tratamiento tributario que se viene asumiendo en el mercado es resultado de la interpretación de las normas generales, de acuerdo con las características y/o el tipo usuario que participa en la operación.
Cerramos esta nota sin antes agradecer a nuestros oyentes, son ustedes los que han permitido que lleguemos a grabar 50 episodios al día de hoy. Muchas gracias.