La crisis del COVID-19 supuso un evento sin precedentes para todos los países. Los beneficios económicos otorgados por el gobierno del Perú significaron una gran ayuda para las familias más afectadas por la pandemia. Sin embargo, inicialmente la entrega de los beneficios económicos fue todo un reto debido, principalmente, al gran porcentaje de personas no bancarizadas.

En el episodio de hoy, Dario Bregante, Gerente del área de Regulación Financiera y FinTech de EY Law explica las regulaciones existentes para la apertura de la nueva , la cual buscaría atender a esta necesidad.

A nivel internacional, el acceso a productos financieros ha mostrado impactos positivos en el desarrollo económico de los hogares. En particular, las cuentas de depósito cumplen diversas funciones, como brindar la posibilidad de ahorrar, así como realizar pagos y transferencias

Al principio de la pandemia, los primeros bonos de ayuda económica fueron entregados en las mismas agencias bancarias, lo cual no contribuía con las medidas de aislamiento social que buscaban disminuir el porcentaje de contagios de Covid-19. Posteriormente, se dispuso la entrega de la ayuda económica a través de transferencias bancarias y de dinero electrónico, gracias al incremento en el uso de las billeteras digitales.

Por estas y otras razones es que en febrero de este año se publicó la Ley N° 31120, que crea y regula la cuenta documento nacional de identidad o simplemente la cuenta DNI. Posteriormente, en julio se publicó el Reglamento de la Ley que detalla la operativa de la cuenta.

Dario comenta que “la Cuenta DNI es una cuenta de ahorros que se abre en el Banco de la Nación y es utilizada para el pago, devolución o transferencia de cualquier beneficio, subsidio, prestación económica o aporte que el Estado otorgue o libere para el titular”. Esta se abre de manera automática y obligatoria, estando vinculada al documento nacional de identidad.

Dario advierte que “el Banco de la Nación se encuentra facultado para abrir la Cuenta-DNI, sin necesidad de un contrato ni aceptación por parte del titular de la cuenta. Sin embargo, será el usuario quien decida activar la cuenta para comenzar a utilizarla”. De este modo, todas las personas naturales mayores de 18 años, que posean el documento nacional de identidad y cuenten con capacidad de ejercicio de sus derechos civiles contarán con una cuenta DNI.

Dario agrega que “a nivel regional, la experiencia similar más cercana se encuentra en el país vecino de Chile, que desde el 2007 ofrece a través del Banco del Estado de Chile la apertura de la cuenta RUT, la cual está asociada al número Rol Único Tributario y es abierta previa solicitud del ciudadano. La cuenta RUT ha sido el principal mecanismo utilizado por el Gobierno chileno para transferir subsidios a sus ciudadanos para hacer frente a las dificultades económicas durante la emergencia sanitaria originada por el brote del COVID-19”. Situación muy similar a la que empezaremos a vivir en nuestro país.

La implementación de la cuenta DNI contribuye a conseguir los objetivos planteados para la inclusión financiera previstos en la Política Nacional de Inclusión Financiera (PNIF), el cual tiene un importante componente digital. De esta manera se contribuye de manera efectiva a que todas las personas del país tengan acceso a los servicios financieros.

Dario finaliza comentando acerca del bono 700, bono anunciado por el presidente en su primer mensaje a la nación, que sería la primera entrega haciendo uso de la cuenta DNI.

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